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El nombramiento y acreditación de los miembros de la misión diplomática II…
El nombramiento y acreditación de los miembros de la misión diplomática II
Casos particulares de acreditación
Acreditación especial
Nueve acreditación de agentes diplomáticos de una misión permanente, ante el mismo Estado receptor
Ámbito bilateral
Se produce para la negociación de tratados y para celebraciones particulares en el receptor
Cometidos propios de las misiones que regule el convenio de Nueva York 1969
Se trata de una segunda acreditación en el mismo Estado receptor
Convenio de Nueva York 1969 artículo 9.2 dispone:
Cuando miembros de una misión diplomática permanente [...] En el Estado receptor sean incluidos en una misma especial [...].
En organizaciones internacionales
Un agente diplomático de la representación permanente es acreditado específicamente como miembro de una delegación
Ante aquellos órganos de la misma organización que exige una delegación
ad hoc
Se hace con cartas credenciales especiales o protocolo ceremonia, o plenos poderes o poderes simples es lo mismo que para la acreditación de cualquier agente diplomático
La acreditación especial recae en el jefe de la misión o representación permanente
salvo que esta jefatura lo ocupe un órgano central para la relaciones exteriores en estos casos se acredita al jefe de la misión como jefe alternativo
Acreditación multiple
Activa
Artículo 6 del convenio de Viena 1961
Acreditación múltiple del jefe de misión
Inicia cuando el Estado principal nombra y acredita a una persona como jefe de misión
otro u otros estados consideran que esa persona es la adecuada para ser asimismo nombrada como jefe de misión para cada uno de ellos
Obtención del estado principal la aceptación para que sea acreditado
Necesariamente el Estado receptor no debe oponerse
La acreditación múltiple activa es de carácter personal
Mantienen una propia representación diplomática través de la persona acreditante
Cada uno de los estados en los que tengan el mismo acreditante da sus propias instrucciones
Se le proveerá en las cartas credenciales en los segundos estados con el mismo protocolizar la unidad que en el Estado principal
No se exige que hay un acuerdo previo de los estados para acudir a la acreditación múltiple activa
Conferencia de Viena reconocimiento de la acreditación a favor de otros agentes diplomáticos para que se diera la acreditación múltiple activa
Pasiva
Cuando un Estado acredita a su jefe de misión u otro agente diplomático, que ya están acreditados ante un Estado receptor donde tienen su residencia, ante otro u otros estados receptores
No debe de haber oposición para que se pueda realizar que ningún Estado acreditante o receptor
Puede revestir diversas formas
Misión diplomática nominal
No hay una misión diplomática pero se considera que existe
Va a ir al Estado receptor para presentar sus cartas credenciales y solamente va a ir una vez al año
Misión diplomática a nivel reducido
Existe una misión diplomática del Estado acreditante pero sin jefe de misión ni personal diplomático residente
Acreditación múltiple de agregados y consejeros sectoriales
Extendiendo los segundos estados misiones ordinarias de jefe de misión y personal diplomático de cancillería de residentes
El acreditante estima que uno o más ámbitos sectoriales pueden ser atendidos en varios estados receptores por un solo agregado o consejero de cada sector
Cuándo un mismo agente diplomático es acreditado por dos o más Estados
Propio representante, ante un mismo Estado receptor
Un mismo diplomático es acreditado ante dos o más estados receptores por el mismo Estado acreditante
Terminación de la condición de miembro de la misión diplomática
Por decisión del Estado acreditante
Cuando la misión llegue a su fin
Cuando a la gente diplomático se le designe para prestar otros servicios
Cuándo la actuación del agente diplomático no sea satisfactoria para el Estado acreditante
Puede producirse un cambio especialmente del jefe de misión por discrepancias de carácter político
Se produce cuando ambos estados pasen por estado de enfriamiento
La retirada de un miembro diplomático se manifiesta de forma distinta
Según se trate del jefe de la misión o de otro miembro
Jefe de misión: se le prevé por el acreditante las cartas de cese o cartas de llamada
Se expresa que dan por terminada la misión y sus motivos
Si fue positiva para el desarrollo de las relaciones se le entregan las cartas recredenciales
Dirigidas al jefe de Estado acreditante y firmadas por el Estado receptor
Son una contestación a las cartas credenciales y a las de cese se manifiesta en la satisfacción por el acierto en el nombramiento del jefe de la misión y su labor
Por decisión del Estado receptor
Dar por terminadas las funciones de su miembro
Actuación indebida
Por consecuencia de actos inamistosas u odiosos producidos en el Estado acreditante
Responde a una situación de deterioro de las relaciones entre ambos Estados
La declaración de
persona non grata
puede haceser en cualquier momento
Por hechos naturales
Jubilación forzosa por cumplimiento de edad
Convenio de Viena 1961 artículo 43 y 9 establecen el porqué terminarán las funciones del agente diplomático
Por decisión personal del miembro de la misión
A la renuncia o división de el miembro
Puede ser una jubilación voluntaria