Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
RELACIONES INTERADMINISTRATIVAS, LEY 40/2015 DEL RÉGIMEN JURÍDICO DEL…
RELACIONES INTERADMINISTRATIVAS
ART 140
Principios
Lealtad institucional
Adecuación al orden de distribución de competencias
Colaboración con el resto de AP para el logro del fin común
Cooperación cuando 2 o más AP asumen compromisos en aras de una acción común
Coordinación para garantizar la coherencia entre las diferentes AP afectadas por una misma materia
Eficiencia en la gestión de recursos compartiendo el uso de recursos comunes
Responsabilidad en el cumplimiento de sus obligaciones
Garantía e igualdad en el ejercicio de los derechos
Solidaridad interterritorial
ART 141
Deber de colaboración
Respetar el ejercicio legítimo por las otras AP de sus competencias
Facilitar a las otras AP, la información que necesiten
Ponderar en el ejercicio de sus competencias, la totalidad de los intereses públicos implicados
Prestar en el ámbito propio la asistencia que las otras AP, pudiesen solicitar
Cumplir con las obligaciones concretas derivadas del deber de colaboración
ART 142
Técnicas
Creación y mantenimiento de sistemas integrados de información
Deber de asistencia y auxilio hacia otras AP
Suministro de información que necesiten las otras AP.
ART 143
Las AP cooperarán al servicio del interés general
ART44
Técnicas
Participación en órganos de cooperación
Participación en órganos consultivos
Participación de una AP en organismos vinculados a otra AP
La prestación de medios materiales, económicos o personales
La cooperación interadministrativa para la aplicación coordinada de la normativa reguladora
La emisión de informes no preceptivos
Las actuaciones de cooperación en materia patrimonial
LEY 40/2015 DEL RÉGIMEN JURÍDICO DEL SECTOR PÚBLICO E33