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JURISDICCIÓN ORDINARIA EN MATERIA PENAL - Coggle Diagram
JURISDICCIÓN ORDINARIA EN MATERIA PENAL
Tribunal supremo de justicia
es la máxima instancia de la jurisdicción ordinaria
su función es impartir justicia en materia
comercial
Penal
administrativa, trabajo y seguridad social, anticorrupción, penal y otras que señale la norma.
Atribuciones:
Dirimir conflictos de competencias suscitados entre los Tribunales Departamentales de Justicia y de juezas o jueces de distinta circunscripción departamental;
Conocer, resolver y solicitar en única instancia los procesos de extradición;
Juzgar, como tribunal colegiado en pleno y en única instancia, a la Presidenta o al Presidente del Estado, o a la Vicepresidenta o al Vicepresidente del Estado, por delitos cometidos en el ejercicio de su mandato;
Designar, de las ternas presentadas por el Consejo de la Magistratura, a las o los vocales de los Tribunales Departamentales de Justicia;
Elaborar proyectos de leyes judiciales y presentarlos a la Asamblea Legislativa Plurinacional;
Conocer y resolver casos de revisión extraordinaria de sentencia;
Conocer en única instancia, las excusas y recusaciones de las magistradas y magistrados;
Homologar las sentencias dictadas por tribunales del extranjero para su validez y ejecución en el Estado boliviano y aceptar o rechazar los exhortos expedidos por autoridades extranjeras;
Sentar y uniformar la jurisprudencia;
Organizar la conformación de sus salas de acuerdo con sus requerimientos y necesidades, y comunicar al Consejo de la Magistratura;
Organizar y conformar comisiones especializadas de trabajo y coordinación, conforme a sus necesidades;
Reasignar y ampliar las competencias de tribunales de sentencia y juzgados públicos, dentro de la jurisdicción departamental en coordinación con el Consejo de la Magistratura;
Elaborar el presupuesto anual de la jurisdicción ordinaria;
Emitir cartas acordadas y circulares;
Tribunales Departamentales de Justicia
Los Tribunales Departamentales de Justicia son los Tribunales de segunda instancia con jurisdicción en todo el territorio del departamento y con sede en cada una de sus capitales.
Atribuciones
Dirigir el movimiento judicial de sus respectivos departamentos
Dirimir conflictos de competencias entre juezas o jueces del departamento
Organizar la conformación de sus salas de acuerdo con sus requerimientos y necesidades, en coordinación con el Tribunal Supremo de Justicia
Conocer las recusaciones formuladas contra alguno de sus miembros
Autorizar el o los medios de prensa, en los que se podrán efectuar las publicaciones de comunicaciones judiciales
Conocer y resolver todo asunto que la ley el atribuya y que no corresponda en particular a alguna de sus salas.
Tribunales de Sentencia
facultades
Conocer la substanciación y resolución del juicio penal en todos los delitos de acción pública, sancionados con pena privativa de libertad mayores a 4 años, con las excepciones establecidas en la ley; y
Otras establecidas por ley.
Jueces de sentencia
Conocer y resolver las excusas y recusaciones de uno o más miembros de la sala; Sentar y uniformar la jurisprudencia; Conocer y resolver los recursos de compulsa que se interpongan contra las Salas Especializadas de los Tribunales Departamentales de Justicia; y. Otras atribuciones establecidas por ley
Jueces de Instrucción
Funciones
Conocer y resolver sobre la incautación de bienes y sus incidentes
Decidir sobre las solicitudes de cooperación judicial internacional;
Decidir la suspensión del proceso a prueba;
Dirigir la audiencia de preparación de juicio y resolver sobre las cuestiones e incidentes planteados en la misma;
Resolver la aplicación del proceso inmediato para delitos flagrantes;
La sustanciación y resolución del proceso abreviado;
Emitir las resoluciones jurisdiccionales que correspondan durante la etapa preparatoria y de la aplicación de criterios de oportunidad;
El control de la investigación, conforme a las facultades y deberes previstos en la ley;
Aprobar el acta de conciliación en los asuntos de su conocimiento si la ley así lo permite;
Jueces de ejecución penal
Atribuciones
Aplicar lo establecido en el Código Penal, la Ley de Ejecución de Penas y Sistema Penitenciario;
Llevar el registro de antecedentes penales de su competencia e informar a las autoridades que corresponda;
Concurrir a las visitas de los establecimientos penitenciarios;
Controlar la ejecución de las penas y medidas de seguridad dictadas por los órganos jurisdiccionales competentes;
El cumplimiento de la suspensión condicional del proceso, la pena y la ejecución de las medidas cautelares de carácter personal;
La revisión de todas las sanciones impuestas durante la ejecución de la condena que inequívocamente resultaren contrarias a las finalidades de enmienda y re adaptación de los condenados;
Efectuar el seguimiento de políticas de rehabilitación de los condenados
Órganos de investigación. Ministerio Público
función
es dirigir en forma exclusiva la investigación de los hechos constitutivos de delito, los que determinen la participación punible y los que acrediten la inocencia del imputado y, en su caso, ejercer la acción penal pública en la forma