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contrato de compraventa mercantil - Coggle Diagram
contrato de compraventa mercantil
-Las de productos para el consumo del comprador.
-La reventa que realice cualquier persona no comerciante del resto de acopios que hiciera para el consumo.
-Las que realicen los artesanos en sus talleres de los objetos construidos o fabricados por ellos.
-Las que realicen los agricultores y ganaderos de sus cosechas o de su ganado.
Elementos de los contratos
El precio. Se ha de pagar en dinero o en signo que lo represente: cheques, letras de cambio , pagarés...
El precio ha de ser una cantidad exacta.
El vendedor. Entrega la mercancía en el lugar pactado.
El bien objeto del contrato. Debe de ser un bien mueble, denominado usualmente mercancía o mercadería.
El comprador. Recibe la mercancía y paga el precio.
Compraventas especiales
Es el contrato mediante el cual una de las partes entrega a la otra una cosa mueble corporal y esta se obliga a pagar por ella un precio cierto de forma total o parcialmente aplazada en un tiempo superior a tres meses.
Un contrato de comisión es el contrato por el cual una persona, que se dedica profesionalmente a ello (comisionista), se compromete a realizar uno o varios negocios por encargo de otro (comitente) percibiendo una remuneración a cambio (comisión).
¿Qué reglas rigen en el contrato electrónico respecto a estos aspectos?
PLAZO DE DESISTIMIENTO
Es de 14 días naturales . El formulario de desistimiento deberá facilitarse junto con la información previa al contrato.
CARGAS ENCUBIERTAS
El comprador ha de otorgar de forma expresa su consentimiento para cualquier pago adicional a la obligación principal. De haberse seleccionado por defecto el pago adicional, el comprador tendrá derecho al reembolso de este (por ejemplo, si la casilla de concentración de un seguro se encuentra marcada por defecto)
INFORMACIÓN PREVIA
Se informará al comprador, con anterioridad al inicio de la contratación , de las condiciones del contrato, de manera que estas puedan ser almacenadas y reproducidas por el destinario.
Contrato de transporte
PORTE PAGADO
Es cuando paga el cargador, previa justificación de la entrega. A falta de pacto, se entiende que el transporte es a porte pagado.
TRANSPORTE SUCESIVO. Cuando intervienen vario transportistas para ejecutar trayectos parciales sucesivos utilizando un solo modo de transporte .
PORTE DEBIDO
Es cuando paga el destinatario y es exigible en el momento de hacer la entrega.
TRANSPORTE MULTIMODAL. Interviene varios transportistas utilizando más de un modo de transporte.