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-APORTE DE LOS ASOCIADOS - Coggle Diagram
-APORTE DE LOS ASOCIADOS
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AUMENTO O REPOSICIÓN DE APORTE DEL SOCIO. Ningún asociado podrá ser obligado a aumentar o reponer su aporte
ENTREGA DE APORTES. Los asociados deberán entregar sus aportes en el lugar, forma y época estipulados
INCUMPLIMIENTO EN LA ENTREGA DE APORTES Cuando el aporte no se haga en la forma y época convenidas, la sociedad empleará los arbitrios de indemnización estipulados en el contrato
APORTES EN ESPECIE-VALOR COMERCIAL. Los aportes en especie podrán hacerse por el género y cantidad de las cosas que hayan de llevarse al fondo social
LEGISLACIÓN PARA APORTES EN ESPECIE. Si el aporte es de cosas determinadas sólo por su género y cantidad, la obligación del aportante se regirá por las reglas del Código Civil sobre las obligaciones de género
CONSERVACIÓN DE COSAS OBJETO DE APORTES-RESPONSABLES. La conservación de las cosas objeto del aporte será de cargo del aportante hasta el momento en que se haga la entrega de las mismas a la sociedad
ABONO EFECTIVO DE APORTES DE CRÉDITO. El aporte de un crédito solamente será abonado en cuenta del socio cuando haya ingresado efectivamente a la caja social
RESPONSABILIDAD EN LA SUSCRIPCIÓN Y PAGO DE APORTES. En las sociedades por acciones, cada aportante responderá del valor total de la suscripción que haya hecho
APORTES DE CESIÓN DE CONTRATOS. Cuando la aportación consista en la cesión de un contrato, el aportante responderá del cumplimiento de las obligaciones derivadas del mismo, salvo estipulación en contrario.
VALORACIÓN DE BIENES EN ESPECIE POR LA SUPERINTENDENCIA Y LOS INTERESADOS. Cuando la Superintendencia fije el valor de los bienes en especie en una cifra inferior al aprobado por los interesados
SOLIDARIDAD POR AVALÚO DE APORTES EN ESPECIE. En las sociedades que no requieren el permiso de funcionamiento, los asociados responderán solidariamente por el valor atribuido a los aportes en especie
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APORTES EN ESPECIE POSTERIORES A LA CONSTITUCIÓN. Cuando se constituya una sociedad que deba obtener permiso de funcionamiento, los aportes en especie se avaluarán unánimemente por los interesados constituidos en junta preliminar,
CONSTANCIA DE LOS AVALÚOS EN ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN O REFORMA. Los avalúos se harán constar en las escrituras de constitución o de reforma, según el caso, y en ellas se insertará la providencia en que el superintendente los haya aprobado
APORTES CONSIDERADOS EN ESPECIE. Los aportes de establecimientos de comercio, derechos sobre la propiedad industrial, partes de interés, cuotas o acciones, se considerarán como aportes en especie
APORTES DE INDUSTRIA O TRABAJO QUE NO SON PARTE DEL CAPITAL SOCIAL. Podrá ser objeto de aportación la industria o trabajo personal de un asociado, sin que tal aporte forme parte del capital social
APORTES DE INDUSTRIA O TRABAJO PERSONAL CON PARTICIPACIÓN DE UTILIDADES. Cuando el aporte consista en la industria o trabajo personal estimado en un valor determinado, la obligación del aportante se considerará cumplida sucesivamente por la suma periódica que represente para la sociedad el servicio que constituya el objeto del aporte.
REMUNERACIONES Y VENTAJAS DE LOS PROMOTORES. Las remuneraciones o ventajas particulares en favor de los promotores para compensarles sus servicios y gastos justificados,
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APORTE DE INDUSTRIA O TRABAJO PERSONAL CON VALOR ESTIMADO EN SOCIEDAD POR ACCIONES. En el caso previsto en el inciso primero del artículo anterior y tratándose de sociedades por acciones
EMBARGO DE ACCIONES. Los acreedores de los asociados podrán embargar las acciones,
PROMOTORES - CONCEPTO Y RESPONSABILIDAD. Son promotores quienes hayan planeado la organización de una empresa y presentado estudios técnicos de su factibilidad
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REEMBOLSO TOTAL O PARCIAL DE ACCIONES, CUOTAS O PARTES DE INTERÉS
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