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RESPONSABILIDAD COLECTIVA AMBIENTAL, DEL PROCESO COLECTIVO AMBIENTAL, LA…
RESPONSABILIDAD COLECTIVA AMBIENTAL
Ley General del Ambiente 25675 dispone en el artículo 31, que toda persona que causare daño al medio ambiente debe responsabilizarse solidariamente frente a la sociedad, si los responsables son varias personas todas y cada una de ellas debe responsabilizarse, esto será determinado por un juez
DEL PROCESO COLECTIVO AMBIENTAL
Ley 25.675 General del Ambiente, esta ley indica que Prevé específicamente la acción de amparo como vía sumarísima para la cesación de actividades de daño ambiental colectivo
EL ROL DE JUEZ.- El juez interviniente en un proceso judicial ambiental tendrá poder para disponer todas las medidas necesarias para ordenar, conducir y probar los hechos dañosos en el proceso con el fin de proteger el interés general.
la modalidad o tutela del juez debe ser, de responsabilidad social, independiente a cabalidad pero comprometido, no debe influir su orientación política para ayudar o facilitar alguna situación.
debe conducirse y estimular la colaboración debida a lo9s otros sujetos del proceso, buscando la verdad jurídica.
DE LA COSA JUZGADA.- la sentencia hará cosa juzgada y tendrá efecto ERGA OMNES a excepción de que la acción sea rechazada, aunque sea parcialmente, por cuestiones probatorias
la demanda de individuales.
cese de contaminación.- interés individual que impulsa un interés colectivo y difuso
resarcimiento de los daños de la contaminación.- vinculando el interés particular y diferenciando por la naturaleza, la existencia y la cuantía.
La acumulación de autos ordenada por este habrá de perpetuar, de ser cierta causa primaria de todos ellos el daño ambiental y la salubridad de la comunidad afectada por todo el tiempo indeterminado que mande el nuevo proceso acumular y los nuevos posteriores a venir.
DE LAS ACCIONES
ACCION DE PREVENCION O DE PREPARACION.- conlleva paralizar el efecto del daño o de recomponer la situación existente o resarcimiento del daño.
CONGRESO Y JORNADAS.- se concluyo que el análisis económico del derecho no puede llevar la justificación del daño injusto,
responsabilidad de residuos peligrosos en cuanto a que conlleva el reparo y la culpa de la victima.
LAS ACCIONES DE CLASE.- Gozaini destaca que otra posibilidad de defensa de los derechos difusos consiste en establecer una forma dinámica de acceso que sin ser acción popular permita flexibilizar el criterio ancestral de la protección.
LA OBLIGACION DE RECOMPONER.- el que cause el daño ambiental será objetivamente responsable de su restablecimiento al estado anterior de su producción, en caso de no ser factible la indemnización será determinada por la justicia.
LEGITIMACION DE OBRAR POR DAÑO AMBIENTAL COLECTIVO.- toda persona podrá solicitar, mediante acción de amparo, la cesación de actividades generadoras de daño ambiental colectivo
Augusto Morello.- la diaria labor nos alimenta pensar que la familiaridad de los conceptos de los intereses difusos o derechos de incidencia colectiva.
arazi.- la aptitud para demandar coincide con la titularidad del sujeto circunstancial. sin embargo se refiere a los derechos públicos subjetivos, se debe verificar las atribuciones del derecho.
Peyrano.- la legitimación no es mas que la idoneidad de la persona para actuar en juicio inferida de su posición respecto al litigio.
Bidart Campos.- sostiene que los intereses de pertenencia difusa son propios y no de cualquiera sino que uno coparticipa.
de manera enfática se dice que toda persona podría solicitar el amparo.
LA VALORACION DEL AÑO AMBIENTAL
Valorar económicamente el medio ambiente significa contar con un indicador de su importancia en el bienestar de la sociedad
Los economistas manejan diversos métodos para establecer el precio de la naturaleza que pueden ser clasificados en dos grupos:
los metodos indirectos que analizan la conducta de una persona tratando de inferir a partir de la obserrvacion, algunas caracteristicas del medio ambient forman parte fundamental de 3 metodos:
método del coste de viaje
método de los precios hedónicos
método de los costes evitados o inducidos
los métodos directos que buscan sencillamente, que la persona revele directamente esta valoración mediante, cuesta, cuestionarios, votaciones, etc.
Azqueta Oryarzun.- nos dice que el bien ambiental tiene un valor, sea un insumo productivo o como generador del bienestar, para esto se debe destacar los valores.
de uso, función de la productividad entre el bien ambiental y los demás bienes privados.
no uso, el valor de la opción de hacerlo en un futuro por herencia o legado.
Lorenzetti, nos dice que es un bien no monetizadle que sin embargo debe tratarse y evaluarse apreciarse en términos económicos para establecer de esta forma mecanismos de reparación en especie justos y equitativos.