De un bien no monetizable, que, sin embargo, deberá tasarse, evaluarse, apreciarse en términos económicos, para establecer de esta forma mecanismos de reparación en especie, justos, equitativos, proporcionados, a la magnitud del daño ocasionado a la comunidad, por la disminución, pérdida, deterioro, inquinamiento, lesión, daño o menoscabo del patrimonio natural y/o cultural, y/o de compensación, o fijación de monto indemnizatorio, que tornen una realidad incontrastable, lo necesariamente, preventivo de la tutela y efectivo del derecho ambiental del siglo XXI