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ARTICULO 28 DEL CÓDIGO PENAL CDMX, CONDENA, ANA MARIA GRANILLO MARTINEZ…
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CONDENA
Se le imponen así,
Tres penas privativas de la libertad que no pueden ser cumplidas simultáneamente, por lo tanto el sujeto cumplirá la pena mas grabe que es la de homicidio (11 años), posteriormente la de robo (5 años) y después la de lesiones (2 años). De este modo el Sujeto estará 18 años en prisión. Ya que no se supera el triple de la pena impuesta por el homicidio ni el limite de 20 años.
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