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DE LA SENTENCIA
Y LA EJECUCIÓN
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DE LA SENTENCIA
Y LA EJECUCIÓN
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DEL EMBARGO DE BIENES
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OPOSICIÓN
CPC. Artículo 370 AL 387
1. Por intervención principal. art.370 eiusdem
2. Por oposición de terceros.
3. Por litisconsorcio.
4. Por cita de saneamiento y garantía
5. Por apelación de la Sentencia definitiva.
(...) tendrán derecho de apelar de la sentencia definitiva, no sólo las partes, sino todo aquel que, por tener interés inmediato en lo que sea objeto o materia del juicio.(...). art. 297 eiusdem
NO AL EMBARGO SINO A LA OPOSICIÓN DEL TERCERO
CPC. Artículo 370
Los terceros podrán intervenir, o ser llamados a la causa pendiente entre otras personas en los casos siguientes
- Por derecho preferente.
- Cuando los bienes embargados sean propiedad de un tercero.
art.546 (eiusdem).
- Por algún interés jurídico del tercero.
- Por solicitud de alguna de las partes de la intervención de un tercero.
- Para apelar a la sentencia definitiva.
APELACIÓN
CPC Artículo 547
"Si después de practicado el embargo transcurrieren más de tres meses sin que el ejecutante impulse la ejecución, quedarán libres los bienes embargados".
CASACIÓN
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COSA JUZGADA
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) contempla en el artículo 49 numeral 7
Sentencia de la Sala de Casación Civil con fecha 21 de febrero de 1990
Se denomina “Cosa Juzgada” cuando un recurso o Demanda sobre un mismo caso ha sido declarado por el Tribunal competente “definitivamente resuelto”, evitando de esta manera una nueva la interposición de los mismos.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) contempla en el artículo 49 numeral 7: “Ninguna persona podrá ser sometida a juicio por los mismos hechos en virtud de los cuales hubiese sido juzgada anteriormente.”
La Sentencia de la Sala de Casación Civil con fecha 21 de febrero de 1990, establece básicamente tres características de la Cosa Juzgada:
1. Ininpugnabilidad: Agotados todos los recursos, no puede ser revisada por ningún juez. CPC.art.272.
2. Inmutabilidad:
No permite abrir otro proceso sobre el mismo tema juzgado.
3.Coercibilidad. Subordinación al resultado del proceso.
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· REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA
FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y JURÍDICAS
ESCUELA DE DERECHO
NÚCLEO SAN ANTONIO DE LOS ALTOS, EDO. MIRANDA CÁTEDRA: DERECHO PROCESAL CIVIL III
PROF. DRA. MAGLIS MAGDALENA MUÑOZ FIGUEROADE LA SENTENCIA Y LA EJECUCIÓN. PRESUPUESTO DE LA EJECUCIÓN. ACTOS ASIMILABLES A LA SENTENCIA. DIVERSOS TIPOS O FORMAS DE EJECUCIÓN. DEL EMBARGO DE BIENES. OPOSICIÓN. NO AL EMBARGO SINO A LA OPOSICIÓN DEL TERCERO. APELACIÓN. CASACIÓN. COSA JUZGADAALUMNO: ARGOTTE CASTILLO
ALVARO ALFREDO
CINº: V - 5.454.43
SECCIÓN: 1-1
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San Antonio de Los Altos, octubre del 2021
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