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DERECHO A LA CARRERA PROFESIONAL, REAL DECRETO 5/2015 30 DE OCTUBRE DE LA…
DERECHO A LA CARRERA PROFESIONAL
ART 16,17,18
Los funcionarios de carrera tendrán derecho a la carrera profesional
Conjunto ordenado de oportunidades de ascenso y expectativas de progreso profesional
Modalidades
Carrera horizontal
Progresión de grado,categoría, escalón, sin necesidad de cambio de puesto de trabajo
Se deberá valorar la trayectoria y actuación profesional
Se articulará un sistema de grados,o escalones
Carrera vertical
Ascenso en la estructura de puestos de trabajo por los procedimientos de provisión
Promoción interna
Promoción interna vertical
Ascenso desde un cuerpo o escala de un subgrupo o grupo, a otro superior
Promoción interna horizontal
Ascenso a cuerpos o escalas del mismo subgrupo profesional
La promoción interna se realizará mediante procesos selectivos
Igualdad,mérito y capacidad
Antigüedad de al menos 2 años de servicio en el inferior grupo o subgrupo
ART 19
El personal laboral tendrá derecho a la promoción profesional
ART 20
Sistemas de evaluación de desempeño de los empleados
Procedimiento mediante el cual se valora la conducta profesional y el rendimiento
Principios
Transparencia
Objetividad
Imparcialidad
No discriminación
REAL DECRETO 5/2015 30 DE OCTUBRE DE LA LEY DEL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO E 19