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TEMA 4 DERECHO DE PERSONA - SUJETO DE DERECHO, SER PERSONA ≠ PERSONALIDAD…
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SER PERSONA ≠ PERSONALIDAD JURÍDICA (SUJETO DE DERECHO)
los esclavos son personas, pero no tienen personalidad jurídica porque no tienen
CAPACIDAD JURÍDICA
ya que no son libres, ni independientes. Están bajo la potestad dominica del dueño. Por lo que son "res": el dueño tiene el derecho de vida o muerte; no pueden casarse de forma legítima, solo CONTUBERNIUM; sufren castigos físicos y mentales.
Pero si que poseen
CAPACIDAD DE OBRAR
porque poseen la capacidad intelectual necesaria para estar en el tráfico jurídico.