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ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA - Coggle Diagram
ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA
MUNICIPIOS
RESPONSABILIDADES
Cumplir y hacer cumplir las leyes, los bandos de policía y buen gobierno, los reglamentos y demás disposiciones legales del orden municipal, estatal y federal. Vigilar el cumplimiento del Plan de Desarrollo Municipal, y los programas operativos anuales correspondientes a su periodo constitucional.
PERSONALIDAD
En base al artículo 115 Constitucional, al Municipio se le reconoce personalidad jurídica propia. Constituye una persona jurídica de Derecho Público, se regula su organización administrativa, estableciendo la forma en que las autoridades municipales deberán conducirse durante su encargo. Estas disposiciones deben ser emitidas por los Congresos Estatales, estas se establecen en las Leyes Orgánicas Municipales o de la Administración Municipal que cada Legislatura deberá emitir en acuerdo con lo dispuesto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por la Constitución del Estado de que se trate.
PRESUPUESTO
Presentación formal de los recursos financieros que se destinarán durante el ejercicio fiscal a la realización de las acciones planteadas en el programa operativo anual.
El presupuesto municipal contiene por tanto los ingresos que se estima percibirá el gobierno municipal durante el ejercicio fiscal y el límite máximo de los gastos que el Ayuntamiento podrá llevar a cabo en ese mismo ejercicio.
ESTRUCTURA DE GOBIERNO
Ejecutivo. Presidente Municipal
Legislativo. Cabildo (en materia de administración municipal)
Judicial. No aplica
ESTADOS
ESTRUCTURA DE GOBIERNO
Ejecutivo. Gobernador. Gobierno del Estado (Secretarías y entidades)
Legislativo. Congreso Estatal
Judicial. Tribunal Estatal Juzgados del Ámbito Estatal (o fuero común)
PRESUPUESTO
“Los estados de la federación tendrán un presupuesto de 4 billones 424 mil millones de pesos para ejercer durante el 2021, según datos del gasto programable proyectado en el presupuesto federal de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público”.
PERSONALIDAD
Los estados federados mexicanos son entes jurídicos con personalidad jurídica propia para ejecutar actos derivados de la Constitución federal y de la particular para su régimen interno, generando con ello consecuencias de derecho. La existencia constitucional de estas entidades se desprende del artículo 40.
RESPONSABILIDADES
Mediante sus atribuciones el Estado ejecuta una serie de actos y hechos que le permiten realizar sus objetivos que pueden ser diversos, como de seguridad, vigilancia, prestación de servicios, salubridad, económicos, culturales, etc.