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Marco normativo de seguridad y salud en el trabajo - Coggle Diagram
Marco normativo de seguridad y salud en el trabajo
la Ley Suprema dispone que
El patrono estará obligado a observar los preceptos legales sobre higiene y seguridad en las instalaciones de su establecimiento
y se debe adoptar las medidas adecuadas para prevenir accidentes en el uso de las máquinas, instrumentos y materiales de trabajo
La Ley Federal del Trabajo
Consigna la obligación del patrón de instalar y operar las fábricas, talleres, oficinas, locales y demás lugares en que deban ejecutarse las labores
a efecto de prevenir accidentes y enfermedades laborales, así como de adoptar las medidas preventivas y correctivas que determine la autoridad laboral.
Se debe cumplir el reglamento y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo
así como de disponer en todo tiempo de los medicamentos y materiales de curación indispensables para prestar oportuna y eficazmente los primeros auxilios.
en su artículo 134, fracciones II y X, observa las disposiciones contenidas en el reglamento y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo
en los reglamentos e instructivos se fijarán las medidas necesarias para prevenir los riesgos de trabajo y lograr que el trabajo se preste en condiciones que aseguren la vida y la salud de los trabajadores.
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
estudia y ordena las medidas de seguridad e higiene industriales para la protección de los trabajadores.
Ley Federal sobre Metrología y Normalización
establecer, entre otras materias, las condiciones de salud, seguridad e higiene que deberán observarse en los centros de trabajo, así como el proceso de elaboración, modificación y publicación de las mismas.
Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo
establecer disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo que eviten riesgos que pongan en peligro la vida, integridad física o salud de los trabajadores, y cambios adversos y sustanciales en el ambiente laboral,
que afecten o puedan afectar la seguridad o salud de los trabajadores o provocar daños a las instalaciones, maquinaria, equipos y materiales del centro de trabajo.
Secretaría del Trabajo y Previsión Social
determinan las condiciones mínimas necesarias para la prevención de riesgos de trabajo y se caracterizan por que se destinan a la atención de factores de riesgo, a los que pueden estar expuestos los trabajadores.