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LA EMPRESA, 18 - Coggle Diagram
LA EMPRESA
Definición común
Código de Comercio
Art. 553.- La empresa mercantil está constituida por un conjunto coordinado de trabajo, de elementos materiales y de valores incorpóreos, con objeto de ofrecer al público, con propósito de lucro y de manera sistemática, bienes o servicios.
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Una actividad económica (comercial, industrial o servicios), producen bienes y servicios que satisfacen las necesidades de los consumidores.
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Importante (Art. 560, 562 y 563) del Código de Comercio de El Salvador
La cesión de los créditos relativos a la empresa enajenada, aunque no se notifique al deudor, tendrá efecto frente a terceros desde el momento de la inscripción de la transmisión en el Registro de Comercio. El deudor quedará liberado si paga de buena fe al enajenante.
Cuando una empresa mercantil deje de ser explotada por más de seis meses consecutivos, sin que su naturaleza justifique la suspensión, perderá el carácter de tal y sus elementos dejarán de constituir la unidad jurídica que este Código reconoce.
Quien enajena una empresa debe abstenerse, durante los dos años siguientes a la transmisión, de iniciar una nueva empresa que, por su objeto, ubicación y demás circunstancias pueda desviar la clientela de la empresa transmitida
Establecimiento
El cambio de local de un establecimiento deberá publicarse con quince días de antelación. (Art. 565)
Si el cambio de local se realizare y trajere consigo una depreciación del establecimiento, cualquier acreedor puede ejercitar acción y dar por vencido su crédito desde la fecha del cambio hasta noventa días después de ella. La depreciación debe probarse en el juicio.
El traslado de un establecimiento de una plaza a otra, sin consentimiento de la mayoría de los acreedores computada por cantidades, faculta a los disconformes a dar por vencidos sus créditos. Artículos 566 y 567 respectivamente.
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Obligaciones contraídas en el giro de la misma en la empresa individual de responsabilidad limitada, serán cubiertas:
I- Con el patrimonio de la empresa, incluyendo capital, reservas y utilidades no retiradas por su titular.
II- Con los bienes que constituyan la cuota suplementaria de garantía, caso de haberse constituido, previa excusión del patrimonio de la empresa.
De acuerdo al Art. 621.- El traspaso entre vivos o por causa de muerte, de una empresa de responsabilidad limitada se sujetará a las reglas siguientes:
I- Si es entre vivos, se hará por escritura pública que se inscribirá en el Registro de Comercio y surtirá efectos contra terceros a partir de la fecha de su inscripción.
II- Si es por causa de muerte, se hará de conformidad a las reglas comunes aplicables a las herencias. La escritura constitutiva de la empresa se inscribirá por traspaso a favor del heredero, en el Registro de Comercio, previa inscripción de la declaratoria de herederos y, en su caso, del testamento.
III- Si en el patrimonio de la empresa hubiere inmuebles, los documentos respectivos se inscribirán también en el Registro de la Propiedad Raíz.
IV- Si la empresa funciona bajo denominación, podrá continuar existiendo sin cambio alguno; si funciona bajo nombre, deberá cambiarse éste por el del nuevo titular, o conservar el anterior agregando la palabra "sucesores".
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