La Unión Profesional (2009) nos explica que la deontología profesional al ser una ética aplicada, aprobada y aceptada por el colectivo profesional tiene un código de conducta, una tipificación de infracciones, un sistema de recepción y análisis de consultas, propuestas o quejas, un procedimiento de enjuiciamiento, y
finalmente, si procede aplicarlo, un sistema de sanciones. (p.4)
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