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La actividad de la misión diplomática I - Coggle Diagram
La actividad de la misión diplomática I
Consideraciones generales
La actividad de la misión diplomática se concreta en sus relaciones con el Estado receptor
Ejercicio de su actividad
Deberá observar determinados principios o obligaciones básicas:
Respeto a la soberanía del Estado receptor y respeto a su ordenamiento jurídico
Su actuación sea correcta y aceptable
La obligatoriedad y eficacia de la concesión del status es reconocida impulsada por la Asamblea General de las Naciones Unidas
Contenido de respeto a la soberanía y el ordenamiento jurídico Maresca señala:
Hay una serie de límites a la acción de la misión diplomática
3º Deber de no servirse de los locales para fines ajenos o particularmente contradictorios
4º Tiene el deber la misión de estar vigilante a fin de evitar que sus miembros traten de ampararse en un uso ilícito del
status
2º Abstenerse de cualquier declaración pública que pueda deteriorar perturbar las relaciones
5º La misión debe cuidar que todas sus actuaciones revisten una forma y estilo correcto para que ningún caso pueda considerarse ofensivo
1º No intervención en la política interna del Estado receptor
Cuando existe una violación a la soberanía ordenamiento jurídico se podrá reaccionar adoptando alguna de las siguientes medidas:
Enjuiciamiento
Declarar persona no grata al agente reciente reincidente en violaciones o incurso en violaciones graves, invitándoles, en consecuencia abandonar el Estado receptor en un tiempo determinado
Solicitar la retirada de la gente diplomático responsable de actividades que violan sus obligaciones respecto al Estado receptor
Reclamar que es inadmisible sin entrar a discusión, la nota diplomática a través de la cual se haya realizado la elección
Puede recurrir a la ruptura de las relaciones en casos de violaciones a la misión
Reclamar formalmente a la misión recabando de ella el respeto de sus deberes
Relaciones con el Estado receptor
Entrevista
La gestión diplomática oficial se llevó cabo por la acción de los agentes diplomáticos
personalizando a la misión el nombre del Estado acreditante a través de la entrevista
que mantiene con las correspondientes personas de la misión a la que ha sido convocada por el estado receptor
Puede ser audiencia formal
pero también puede ser oralmente
cuando exista buena relación personal o cuando la entrevista no se va a realizar entre los niveles superiores del ministerio y de la misión
Para determinar el nivel al que se ha de celebrar la entrevista se considera lo siguiente:
Consideraciones de carácter deberán valorarse para establecer el nivel de la entrevista:
La gravedad y urgencia en este caso el más alto nivel es el indicado
Calidad de relaciones entre los estados, las relaciones amplias y amistosas facilitarán la fluidez de los contactos y hará que la entrevista se celebre al más alto nivel
La importancia relativa del asunto con mayor importancia exige un nivel más elevado
Las buenas relaciones personales entre funcionarios del ministerio y agentes diplomáticos, trabajan con el nivel no apropiado pero facilita entendimiento
En orden a una mayor eficacia conviene que la audiencia sea al más bajo nivel
Se acostumbra reservar los niveles altos la audiencia con objeto de comunicación de noticias particularmente gratas y satisfactorias
Se define si los interlocutores serán de la misma categoría personal administrativa
O si serán aquellos que ejercen las mismas funciones dentro de los rangos
En ocasiones cuando el Estado receptor haga la convocatoria el convocada no puede cambiar los términos
Pero si es el jefe de misión el convocado hay casos en que por propia iniciativa o siguen instrucciones del gobierno podrán delegar un miembro del personal diplomático y así comunicarlo al ministerio de Relaciones Exteriores
Cuándo la misión diplomática que solicita audiencia debe ser en los términos de la solicitud
Las alteraciones usuales consisten:
Otorgar audiencia a otro nivel normalmente inferior al solicitado
Se puede rechazar
Expresa o velada
Sólo es comprensible cuando la audiencia solicitada a los más altos representantes del Estado con frecuencia
El lugar de la entrevista será el despacho oficial o residencia oficial de la persona que concede o convoca la audiencia nunca en los locales de la misión
Notas diplomáticas
Son los diversos medios escritos de comunicación oficial entre una misión diplomática y el ministerio de Relaciones Exteriores del Estado receptor
Tiene un carácter particular se refiere a temas que interesan específicamente a los estados tanto acreditante como receptor
Puede revestir las siguientes formas:
Nota verbal
Documento independiente que se emplea para toda clase de asuntos sin necesitar un precedente de comunicación oral
Redactada en tercera persona se cierra con una fórmula de cortesía y no se firma basta con el sello
Notas reversales
Cuándo tienen un contenido concordante ya previsto y se remiten simultáneamente hola de canje de notas
Nota firmada
Es más solemne que la nota verbal se caracteriza por estar redactada en primera persona dirigida al ministro de relaciones o el jefe de la misión
Carta personal
Se produce en el ámbito de las relaciones personales, amistosas entre el ministro de Relaciones Exteriores y el jefe de la misión
Pro-memoria
Sirve para resumir la situación o aspectos de un asunto que se está discutiendo entre el Estado acreditante y receptor a fin de facilitar su solución
Memorándum
Es igual al pro memoria pero de contenido más amplio y completo además de los hechos se recoge la evolución histórica del asunto un análisis de sus aspectos político y jurídico y una exposición de la postura política mantenida por el estado que lo envía
Ultimatum
Antes se usaba para ir a la guerra
Actualmente sirve como un instrumento de presión ya que si no se atiende a lo que se pide se lleva a Consejo de Seguridad en materia de seguridad colectiva a fin de mantener la paz
Nota colectiva
Se utiliza para tratar un asunto que afecta a varios o a la totalidad de los estados acreditante
Notas idénticas
Notas coordinad
Son propiamente diplomáticas dentro del conjunto de la actividad de la misión
Son las que tienen como contenido la actuación oficial y formal
Tanto el órgano representativo de su estado acreditante ante los órganos igualmente representativos del Estado receptor para tratar los asuntos que interesan ambos
Convene de Viena 1961 art. 41
Todos los asientos oficiales del Estado acreditante deben ser tratados por el ministerio de Relaciones Exteriores del Estado receptor por medio de éste o de el ministro que ya se haya convenido
La actuación oficial se realiza por medio de la entrevista y las notas diplomáticas