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SUJETOS DEL DERECHO TURISTICO - Coggle Diagram
SUJETOS DEL DERECHO TURISTICO
:star: Los derechos subjetivos públicos
Es la capacidad de poner en movimiento normas jurídicas en interés individual. Tiene como contenido una potestad jurídica y supone una relación entre el individuo y el estado. Los derechos públicos subjetivos reducen su campo de acción únicamente a alas relaciones entre el individuo y el estado impiden la explicación de la validez de los derechos entre particulares, ya que siempre el estado es parte en este tipo de derechos públicos subjetivos.
:star: Atribuciones y Facultades de los poderes públicos en materia de Turismo.
Regular, orientar y estimular las medidas de protección al turismo, y vigilar su cumplimiento, en coordinación con las dependencias y entidades de la administración pública federal y con las autoridades estatales y municipales
:star: Derechos del turista frente a los poderes públicos
Artículo 61. Los turistas, con independencia de los derechos que les asisten como consumidores, tendrán en los términos previstos en esta Ley, los siguientes derechos:
Recibir información útil, precisa, veraz y detallada, con carácter previo, sobre todas y cada una de las condiciones de prestación de los servicios turísticos;
Obtener los bienes y servicios turísticos en las condiciones contratadas;
Obtener los documentos que acrediten los términos de su contratación, y en cualquier caso, las correspondientes facturas o comprobantes fiscales legalmente emitidas;
Recibir del prestador de servicios turísticos, los bienes y servicios de calidad, acordes con la naturaleza y cantidad de la categoría que ostente el establecimiento elegido;
Recibir los servicios sin ser discriminados en los términos del artículo 59 de esta Ley;
Disfrutar el libre acceso y goce de todo el patrimonio turístico, así como su permanencia en las instalaciones de dichos servicios, sin más limitaciones que las derivadas de los reglamentos específicos de cada actividad, y
Contar con las condiciones de higiene y seguridad de sus personas y bienes en las instalaciones y servicios turísticos, en los términos establecidos en la legislación correspondiente.
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Artículo 62. Son deberes del turista:
Observar las normas usuales de convivencia en los establecimientos turísticos;
Respetar el entorno natural y patrimonio cultural de los sitios en los que realice una actividad turística;
Acatar las prescripciones particulares de establecimientos mercantiles y empresas cuyos servicios turísticos disfruten o contraten y, particularmente las normas y reglamentos mercantiles de uso o de régimen interior, y
Pagar el precio de los servicios utilizados en el momento de la presentación de la factura o del documento que ampare el pago en el plazo pactado.
:star: Derechos de los prestadores de servicios turísticos frente a los Poderes públicos
Prestadores de Servicios Turísticos: Las personas físicas o morales que ofrezcan, proporcionen, o
contraten con el turista, la prestación de los servicios a que se refiere esta Ley
:star: Mecanismos de solución en caso de controversia entre los sujetos del derecho turístico
El TLCAN en el capítulo XX, establece que es un mecanismo de solución de controversias entre Estados, que establece la creación de dos instituciones: Comisión de Libre Comercio y el Secretariado
La Comisión de Libre Comercio, está integrada por representantes de cada parte a nivel de Secretaría de Estado, o a quienes estos designen y sus funciones son: supervisar su puesta en práctica, vigilar su desarrollo, resolver las controversias que pudiesen surgir respecto a su interpretación o aplicación, supervisar la labor de todos los comités y grupos de trabajo establecidos conforme al Tratado
El Secretariado deber ser establecido por la Comisión y se integra por secciones nacionales, su función es proporcionar asistencia a la Comisión y brindar apoyo administrativo a los paneles y comités institucionales