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LOS PRINCIPALES TRIBUTOS QUE ADMINISTRA LA SUNAT
Impuesto General a las Ventas:
Es el impuesto que se aplica en las operaciones de venta e importación de bienes.
Impuesto a la Renta:
Es aquél que se aplica a las rentas que provienen del capital, del trabajo o de la
aplicación conjunta de ambos.
Régimen Especial del Impuesto a la Renta:
Es un régimen tributario dirigido a personas naturales y jurídicas, sucesiones indivisas y sociedades conyugales domiciliadas en el país que obtengan rentas de tercera categoría provenientes de las actividades de comercio y/o industria; y actividades de servicios
Nuevo Régimen Único Simplificado:
Es un régimen simple que establece un pago único por el Impuesto a la Renta y el Impuesto General a las Ventas (incluyendo al Impuesto de Promoción Municipal).
Impuesto Selectivo al Consumo:
Es el impuesto que se aplica sólo a la producción o importación de determinados productos como cigarrillos, licores, cervezas, gaseosas, combustibles, etc.
Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional:
Impuesto destinado a financiar las actividades y proyectos destinados a la promoción y desarrollo del turismo nacional.
Impuesto Temporal a los Activos Netos:
Impuesto aplicable a los generadores de renta de tercera categoría sujetos al régimen general del Impuesto a la Renta, sobre los Activos Netos al 31 de diciembre del año anterior.
Impuesto a las Transacciones Financieras:
El Impuesto grava algunas de las operaciones que se realizan a través de las empresas del Sistema Financiero.
Impuesto Especial a la Minería:
Creada mediante Ley Nº 29789 publicada el 28 de setiembre de 2011, es un impuesto que grava la utilidad operativa obtenida por los sujetos de la actividad minera proveniente de las ventas de los recursos minerales metálicos.
Casinos y Tragamonedas:
Impuestos que gravan la explotación de casinos y máquinas tragamonedas.
Derechos Arancelarios o Ad Valorem
, son los derechos aplicados al valor de las mercancías que ingresan al país, contenidas en el arancel de aduanas.
Derechos Específicos
, son los derechos fijos aplicados a las mercancías de acuerdo a cantidades específicas dispuestas por el Gobierno.
Aportaciones al ESSALUD y a la ONP:
Mediante la Ley N° 27334 se encarga a la SUNAT la administración de las citadas aportaciones.
Regalías Mineras:
Se trata de un concepto no tributario que grava las ventas de minerales metálicos y no metálicos.
Gravamen Especial a la Minería:
Creado mediante la Ley Nº 29790, publicada el 28 de setiembre de 2011, está conformado por los pagos provenientes de la explotación de recursos naturales no renovables y que aplica a los sujetos de la actividad minera que hayan suscrito convenios con el Estado.