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EL NUEVO TRATAMIENTO DEL RÉGIMEN DE LA CAPACIDAD EN EL CÓDIGO CIVIL…
EL NUEVO TRATAMIENTO DEL RÉGIMEN DE LA CAPACIDAD EN EL CÓDIGO CIVIL PERUANO
Introducción
reforma efectuada al Código Civil, mediante el Decreto Legislativo Nº 1384 (DOEP., 04/09/18)
se deja de lado el tratamiento paternalista a las personas con discapacidad
estas pasan a ser parte de un régimen de igualdad jurídica.
ha permitido que el ordenamiento jurídico peruano se acerque a las directrices de las Naciones Unidas
En el Perú
se recurría a la interdicción y a la posterior designación de un curador para que pudieran rea-lizar negocios jurídicos válidos.
La curatela,
presentaba un serio obstáculo para la integración a la vida comunitaria de las personas con discapacidad, además de impedir su realización personal
artículo 12 de la Convención sobre los Derechos de las personas con discapacidad
regula la autonomía y capacidad jurídica de las personas con discapacidad.
conceptos necesarios
la nueva regulación de las personas con discapacidad
el Decreto Legislativo Nº 1384
extensa
importante
Capacidad
es un atributo que tiene toda persona natural, mediante el cual el sujeto puede realizar actos que no estén prohibidos.
una aptitud para ser titular de relaciones(1:116)
es un concepto núcleo del Derecho(2:105)
Espinoza Espinoza
entiende a la capacidad que se expresa en dos estados
un estado estático que se manifiesta a través de la capacidad de goce.
un estado dinámico que se manifiesta a través de la capacidad de ejercicio(4:871)
Capacidad de goce
es el efecto del reconocimiento del Derecho de la existencia de condiciones por las que un ser es idóneo de tener intereses dignos de tutela(3:821).
Fernández Sessarego
en su artículo 3 se precisaba que la capacidad de goce podría ser limitada por ley,
Capacidad de ejercicio
Esta capacidad es la que le permite realizar deberes y derechos a través de actos jurídicos.
puede ser limitada a través de leyes, sujetas a ciertos criterios.
Incapacidad absoluta y relativa. Capacidad plena y restringida
la validez de los actos jurídicos
se basaba principalmente, en el discernimiento y otros caracteres, como el etario.
se calificaban como nulos y los de los incapaces relativos como anulables, según los artículos 219 y 221, respectivamente, del Código Civil.
Discapacidad
la Organización Mundial de la Salud (en adelante, OMS) manejaba un concepto enfocado principalmente a la enfermedad y la dificultad que esta representa para que se desenvuelva el individuo.
Retraso mental
El concepto de “retraso mental” reviste una importancia en nuestro sistema legal
La relación de la válida manifestación de la voluntad y el discernimiento ha sido muy estrecha.