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DERECHO SUBJETIVO - Coggle Diagram
DERECHO SUBJETIVO
Clasificación
Atendiendo a su efecto
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Absoluto: Cuando los sujetos pasivos constituyen la universalidad de personas a quienes se impone una obligación.
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Atendiendo a la conducta
Propia: Facultad concedida por la Ley (Derecho objetivo) a un individuo para usar, disfrutar o disponer de un derecho referido a su propia conducta.
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Ajena: Facultad de un individuo para exigir a otro una determinada conducta conforme a lo establecido en una norma jurídica.
Se refiere a la conducta de otra persona, se necesita la intervención de otro sujeto. Exigir una conducta positiva (que se haga algo) o negativa (que no se haga).
Facultas exigendi: requiere que el titular del derecho recurra a otro para exigirle una conducta, y ese otro es el sujeto pasivo de la relación jurídica.
Elementos
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Término: Tiempo que la Ley establece para ejercer, exigir o hacer valer el cumplimiento u observancia del derecho.
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