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LOS MEDIOS DE PAGO - Coggle Diagram
LOS MEDIOS DE PAGO
PAGARE
Es un documento escrito mediante el cual una persona se compromete (promesa del pago) a pagar a otra una determinada cantidad de dinero en una fecha acordada previamente
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Al igual que la Letra de Cambio, el pagaré se puede:
• endosar o negociar: el endoso se define como una declaración cambiaria, por la cual el acreedor cambiario, último tenedor del documento, transmite a otra persona el derecho incorporado al título mandando que se pague a esa nueva persona designada o a su orden.
garantizar por medio de aval (el aval es la firma que se pone al pie de una letra u otro documento de crédito, para responder de su pago en caso de no efectuarlo la persona principalmente obligada a él).
se puede pagar “a la vista”1; “a días o meses vista”2; “a días o
meses de la fecha”3; “a día fijo o determinado”4
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CHEQUE
Los cheques o talones son documentos que funcionan como medio de pago contra una cuenta corriente suscrita en una entidad bancaria. Por lo tanto, para solicitar un talonario de cheques, es necesario tener una cuenta con saldo en una caja de ahorros o un banco.
PAGUESE POR ESTE CHEQUE
En el cheque o talón debe constar siempre la denominación “páguese por este cheque”, así como el nombre de la entidad que va hacer efectivo el pago, bien sea una caja de ahorros o un banco.
CHEQUE EN BLANCO
Un cheque en blanco es un cheque firmado pormpropietario de la cuenta pero sin una cantidad especificada (por lo que el cobrador puede escribir cualquier cantidad y cobrarla). Es, por tanto, algo muy peligroso para quien lo firma.
CADUCIDAD DEL CHEQUE
Legalmente no existe lo que comúnmente se llama "cheque a fecha". Los cheques no tienen fecha de cuando deben ser pagados
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DOCUMENTOS CAMBIARIOS
El acreedor puede
intentar que el deudor se avenga a realizar el pago o la contraprestación derivada de la operación comercial, mediante la
entrega de efectos cambiarios y poder
reclamar y obtener el cobro de la deuda,
reforzando en definitiva su posición crediticia frente al moroso.
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LETRA DE CAMBIO
Es una orden por escrito (orden de pago) que emite el librador o acreedor para que el librado o deudor pague una cantidad de dinero fija (importe de la letra) a la orden de una tercera persona (tomador o beneficiario) en la fecha que se indique (fecha de pago o vencimiento) y en el lugar indicado
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EL AVAL
El aval es la firma que se pone al pie de una letra u otro documento de crédito, para responder de su pago en caso de no efectuarlo la persona principalmente obligada a él.
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EL PROSTESTO
En caso que el librado o deudor no pague la letra se formula el protesto. Esto se lleva acabo mediante un acta notarial en la que se notifica la falta de pago o no aceptación de la letra de cambio.