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GARANTIAS CONSTITUCIONALES. - Coggle Diagram
GARANTIAS CONSTITUCIONALES.
Constitución Política del Estado.
La CPE es la norma jurídica suprema positiva que rige la organización de un Estado, estableciendo: la autoridad, la forma de ejercicio de esa autoridad, los límites de los órganos públicos.
La primera parte de la CPE se refiere a las características del Estado boliviano y los derechos fundamentales.
Se refiere en parte a las garantías ciudadanas de las personas.
La segunda parte de la nueva Constitución Política del Estado hace a la estructura y organización funcional del Estado.
Habla de el correcto funcionamiento que debe cumplir el estado.
La tercera parte de la CPE se refiere a la estructura y organización territorial del Estado.
Se refiere al teritorio boliviano en si.
La cuarta parte de la CPE se refiere a la estructura y organización económica del Estado. La nueva Constitución Política del Estado propone una economía plural.
Habla de la economía en e estado boliviano.
Garantías Constitucionales.
Son aquellos incluidos en la norma constitutiva y organizativa de un Estado generalmente denominada constitución que se consideran como esenciales en el sistema político y que están especialmente vinculados a la dignidad humana.
La sujeción de todas personas que vulneren derechos a la jurisdicción boliviana (Artículo 110)
Se refiere a estar sujetos a las leyes, sin venerarlos.
No tortura, desaparición, confinamiento, coacción, exacción o cualquier forma de violencia física o moral (Artículo 113)
Principios indubio pro reoy legalidad (Artículo 116)
Iretroactividad de la norma (Artículo 123)
Derecho a la defensa (Artículo 119)
Debido proceso (Artículos 115, 116, 117, 119, 120, 121)
Presunción de inocencia (Artículo 116)
La aplicación directa de los derechos (Art. 109)
Nulidad de los actos de personas que usurpen funciones que no les competen y de los actos de las que ejercen jurisdicción que no emane de la ley (Artículos 122)
Nulidad de las declaraciones, acciones u omisiones obtenidas mediante tortura, coacción, exacción o violencia (Artículo 114)
Derecho a indemnización, reparación y resarcimiento de daños de las víctimas (Art 113)