La obligación contributiva o tributaria nace en el momento en que se realizan las situaciones jurídicas o de hecho, previstas por la ley como generadoras de la obligación.
En cambio, la determinación de la obligación contributiva o tributaria es un acto posterior a su nacimiento o causación, que consiste en precisar si la conducta realizada encuadra o no en el supuesto previsto por la ley como generadora de dicha obligación.
La obligación contributiva emana de la ley, y su cuantificación en cantidad cierta deriva del acto de la liquidación, ya sea realizada por el contribuyente o por la autoridad fiscal, aplicando el procedimiento establecido en la ley fiscal respectiva, para obtener el importe del crédito fiscal a pagaren cantidad liquida.