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Precios de transferencia y métodos de aplicación. - Coggle Diagram
Precios de transferencia y métodos de aplicación.
Se aplican a los contribuyentes que realizan a los contribuyentes que realizan operaciones con partes asociadas
Precios que serán calculados conforme al principio de plena competencia
Es necesario que empresas y administraciones tributarias lleven a cabo lo que a menudo se denomina un
“análisis de precios de transferencia”.
Este análisis requiere que los contribuyentes y administraciones identifiquen y conozcan las características claves de una operación
:check: Partes vinculadas
:check: Análisis de funciones riesgos y activos utilizados
Aplicar métodos de precios de transferencia
Método de precios de transferencia
Se basa normalmente en información procedente de fuentes externas e internas para encontrar una o más operaciones no vinculadas comparables.
Enfoque
Un archivo maestro
Con información sobre el conjunto del grupo;
Un archivo local
Con información específica sobre la
empresa local,
Un informe país
Por país en el que se describe la situación financiera y económica general del conjunto del grupo multinacional
Los precios de transferencia
Aquellos pagos que se pacta y realiza entre sociedades vinculadas de un grupo empresarial "multinacional"
Por transacciones de bienes o servicios
Ley de régimen tributario interno
Art 89
:
Se utilizarán las "Directrices en Materia de Precios de Transferencia a Empresas Multinacionales y Administraciones Tributarias"
Art. 4:
Partes relacionadas
Personas naturales o sociedades, que participe directa o indirectamente en la dirección, administración, control o capital de la otra;
O en las que un tercero, sea persona natural o sociedad que participe directa o indirectamente, en la dirección, administración, control o capital de éstas.
Por presunción
Cuando las transacciones que se realicen no se ajusten al principio de plena competencia.
Sujetos pasivos, persona natural, etc, con quien realice ventas o compras de bienes, servicios u otro tipo de operaciones,
Art. 15:
Orientado a regular con fines tributarios las transacciones
De manera que las contraprestaciones entre ellas sean similares a las que se realizan entre partes independientes.
Principio de plena competencia
Cuando se establezcan o impongan condiciones entre partes relacionadas en sus transacciones comerciales o financieras
Que difieran de las que se hubieren
estipulado con o entre partes independientes,
Criterios de comparabilidad
No existen diferencias entre las características económicas relevantes de éstas, que afecten de
manera significativa el precio o valor de la contraprestación
La metodología podrá ser consultada por los contribuyentes, presentando toda la información, datos y documentación necesarios para la emisión de la absolución correspondiente
Exentos
Tengan un impuesto causado superior al tres por ciento de sus ingresos gravables
No realicen operaciones con residentes en paraísos fiscales o regímenes fiscales preferentes;
No mantengan suscrito con el Estado contrato para la
exploración y explotación de recursos no renovables.
Art. 84:
Presentación de Información de operaciones con partes
relacionadas
Que no se encuentren exentos del régimen de precios de transferencia
Presentarán al Servicio de Rentas Internas el Informe Integral de Precios de Transferencia y los anexos
Definirá las directrices para determinar los contribuyentes obligados a presentar la información de operaciones con partes relacionadas así como el contenido de los anexos e informes correspondientes.
La no entrega e incompleta, inexacta o con datos falsos será sancionada con multas de hasta USD. 15.000 dólares,
Art. 85:
Métodos para aplicar el principio de plena competencia
:pencil2:
Del Precio Comparable no Controlado;
Comparara el precio de bienes o servicios , frente al precio cobrado de los mismo en una operación comparable entre partes independientes, en situaciones comparables
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:pencil2:
Del Precio de Reventa;
Es calculado como el precio de reventa a partes independientes menos el porcentaje de utilidad bruta que hubieran obtenido en operaciones comparables
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:pencil2:
Del Costo Adicionado;
Valora bienes o servicio vinculados al costo, al que se debe sumar el porcentaje de utilidad bruta que hubieran obtenido en operaciones comparbles
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:pencil2:
De Distribución de Utilidades;
Determina operaciones entre vinculados, utilidad de operación que hubieran obtenido en operaciones comparables
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:pencil2:
De Márgenes Transaccionales de Utilidad
Operacional.
Identifica utilidades a ser repartidas entre vinculados por operaciones en las que estos participen y entre partes vinculadas sobre una base económica válida, en las proporciones asignadas
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Art. 87:
Rango de plena competencia
a)
intervalo que comprende los valores que se encuentran desde el Primer Cuartil hasta el Tercer Cuartil, y son considerados como pactados entre partes independientes;
b)
valor que se considera hubieren utilizado partes independientes que se encuentre fuera del Rango de Plena Competencia;
c)
Valores que representan los límites del Rango de Plena Competencia.
Resolución No. NAC-DGERCGC15-00000455 - 27-MAY-2015
Art. 1:
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