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Derechos Consagrados Constitución del Ecuador - 2008, Integrantes: …
Derechos Consagrados Constitución del Ecuador - 2008
Derechos del Buen Vivir
Agua y Alimentación
Ambiente Sano y ecologicamente equilibrado
Comunicación e información
Cultura y ciencia
Educación
Habitat y Vivienda
Salud
Trabajo y seguridad social
Las personas tienen derecho a:
Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria
Adultas y Adultos mayores
Jovenes
Movilidad Humana
Mujeres Embarazadas
Niñas, niños y adolescentes
Personas con discapacidad
Personas con enfermedades catastroficas
Personas privadas de la libertad
Personas usuarias y consumidoras
Recibiran atención prioritaria y especializada en los ambitos público y privado las personas:
Derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades
Las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, el pueblo afroecuatoriano, el pueblo montubio y las comunas forman parte del Estado Ecuatoriano; y se detalla en el
Art. 57
de la constitucion sus derechos.
Derechos de participación
Entre los derechos de participación de las ecuatorianas y ecuatorianos están: (Art. 61,62,63,64,65 de la constitución)
Elegir y ser elegidos
Participar en asuntos de interés público
Desempeñar empleos y funciones públicas
Conformar partidos y movimientos políticos
Derechos de Libertad
Entre algunos de los derechos se reconoce y garantiza a las personas: (Art. 66,67,68,69,70 de la constitución)
Derecho a la inviolavilidad a la vida (Sin pena de muerte)
Derecho a una vida digna que asegure el cumplimiento de todos los aspectos detallados en el
Buen Vivir
Derecho a la integridad física, psiquica, moral y sexual
Derecho a la igualdad y no discriminación
Derechos de Protección
Toda persona tiene derecho al acceso gratuito a la justicia de acuerdo a sus derechos e intereses
Cualquier proceso donde se determine derecho de obligaciones se asegure el derecho al debido proceso de cada uno de estos procesos. Entre algunos de los derechos se detallan por completo en el
Art. 75 - 82
de la constitución.
Derechos de la Naturaleza
Toda persona, comunidad, pueblo, nacionalidad puede exigir el cumplimiento de los derechos de la naturaleza a traves de la autoridad pública
La naturaleza tiene derecho a la restauración
Las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades tendran derecho a beneficiarse del ambiente y de las riquezas naturales que les permitan el buen vivir.
(Art. 71,72,73,74)
Integrantes:
Sebastián Estrella
Jeycob Pazmiño