Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
PRINCIPIOS BÁSICOS DE LOS IMPUESTOS DE ADAM SMITH - Coggle Diagram
PRINCIPIOS BÁSICOS DE LOS IMPUESTOS DE ADAM SMITH
El derecho tributario es una rama del Derecho Administrativo que expone normas y principios y se dan en relación a la imposición y la recaudación de tributos, y se da una relación entre los entes públicos y los ciudadanos.
El Derecho tributario no esta constituido por normas jurídicas que rigen las distintas relaciones tributarias, también esta constituida por:
Principios
Postulados
directrices,
Cánones
Rules
Regles
Maximes de la imposición
Adam Smith, desarrollo elementos a los que deben de sujetarse todas las normas jurídico tributarias con el fin de integrar un orden jurídico que aliente la productividad, el esfuerzo y la imaginación creativa como una fuente de riqueza.
Principio de Justicia y proporcionalidad
Los súbditos de cada Estado deben de contribuir al sostenimiento del Gobierno, deben de ser en una proporción, lo más cercano a sus respectivas capacidades; es decir, proporción a los ingresos de los cuales goza bajo la protección del Estado. La presentes Observancia, depende de lo que se denomina, equidad o falta de equidad de los tributos.
Consiste en que todas los ciudadanos, cuya situación jurídica o de hecho coincida con lo que la legislación señala como un hecho generador
Esta obligación debe de estar limitada por la capacidad contributiva, la misma posee, cuando una persona percibe un ingreso o rendimiento por encima del mínimo, o sea cuando los ingresos sobre pasan las cantidades que son suficientes para que una persona o familia subsista.
Obligación tributaria que nace del contribuyente ha satisfecho sus necesidades, primarias, personales y familiares, posterior a esto el ciudadano debe de contribuir a los gastos del Estado.
Principio de Certidumbre o Certeza
Este Principio señala que todo tributo debe de tener fijeza en sus principales elementos característicos, para evitar actos arbitrarios que se dan por la Administración Pública.
El tributo que se debe de pagar debe de ser cierto y no arbitrario; un ejemplo: El plazo para el cobro del mismo, la forma de pago, la cantidad adecuada, debe de estar claro y preciso para el contribuyente, ya que la incertidumbre da cabida al abuso y prevalece la corrupción.
La legislación debe determinar con precisión, quien es el sujeto del impuesto, su objeto, tasa, cuota, tarifa o base gravable, fecha de pago y sanciones aplicables.
Principio de Comodidad
Todo tributo debe de cobrarse en su debido tiempo, y la forma más cómoda para todo contribuyente; se establecen los plazo y fechas. De modo para que los contribuyentes les resulte práctico y gravoso el cumplir con una obligación tributaria.
El pago de un impuesto, para un particular significa un sacrificio, el legislador lo debe de hacer cómodo; se deben de escoger fechas y que sean propicias y ventajosas para que el ciudadano formalice su pago de forma cómoda.
La diferencia entre las sumas que salen del bolsillo del contribuyente e ingresan al erario publico, pueden ser una de las cuatro causas que transforman en antieconómico el tributo.
Principio de Economía
Toda contribución debe de percibirse de tal forma que exista mal menor diferencia y que se den entre las sumas que salen del bolsillo del contribuyente y que aporta al erario público
La diferencia entre las sumas que salen del bolsillo del contribuyente e ingresan al erario publico, pueden ser una de las cuatro causas que transforman en antieconómico el tributo.
La recaudación del impuesto, se necesita una gran cantidad de funcionarios, cuyos sueldos absorben la mayor parte del producto del impuesto, cuyos emolumentos contribuyen un impuesto adicional
La existencia del impuestos opresivos a la industria que desalientan al empresario.
Las multas y las penas en las que incurren los infortunados ciudadanos que tratan sin éxito de evadir los tributos, con gran frecuencia, eliminado los beneficios de la comunidad en la que se podría evitar el desempleo.
Someter al ciudadano a frecuentes visitas y a un examen tedioso en la recaudación de tributos, que hacen objeto, la causahabiente, de humillaciones y opresiones innecesarias
Principio de igualdad. Los súbditos de cualquier Estado deben contribuir al sostenimiento del gobierno en una proporción lo más cercana posible a sus respectivas capacidades, es decir, en proporción al ingreso de que gozan bajo la protección del Estado
Principio de certeza. El tributo que cada individuo está obligado a pagar debe ser fijo y no arbitrario
Principio de mayor conveniencia recaudatoria. Todo canon debe recaudarse en la época y en la forma en las que es más probable que convenga su pago al contribuyente
Principio de economía recaudatoria. Toda contribución debe plantearse de modo que la diferencia entre lo que se recauda y lo que ingresa el tesoro público del Estado sea lo más pequeña posible.
Los principios de la imposición constituyen una guía de las características que debería cumplir un buen sistema tributario.
La evolución histórica de los principios de la imposición, destaca que la preocupación por el establecimiento de reglas sobre la misma es tan antigua como los propios impuestos, por lo menos en dos aspectos.
El segundo es el relativo a la regulación de las relaciones entre la hacienda pública y los contribuyentes, siendo necesario establecer unos criterios de orden administrativo para regular esta relación, reduciendo el abuso y la arbitrariedad y, por otra parte, criterios de una gestión adecuada que introdujeran la necesaria austeridad en los servicios de liquidación y recaudación de los impuestos
El primero se refiere a la fijación de un criterio de reparto de la carga tributaria entre los ciudadanos.
La creciente expansión del tamaño del sector público y su participación en la actividad económica, y la complejidad de los sistemas tributarios actuales, obliga a un diseño integrado de los mismos y provoca que el cumplimiento de los principios impositivos deba exigirse al sistema en su conjunto, no analizando cada una de las figuras tributarias por separado.
A lo largo de las últimas décadas, se ha producido una integración progresiva de los principios de la imposición en el marco de análisis más general de los objetivos que debe alcanzar la actividad financiera de las Administraciones Públicas, en sus dos vertientes de ingresos y gastos públicos, lo que supuso poner un mayor énfasis en los aspectos relativos a “la eficiencia y la neutralidad, la cesión de la función redistributiva a la vertiente del gasto, la sistematización y la necesidad de una mayor coordinación y cooperación fiscal internaciona
Contribución, se fundamenta en el arábigo 31, fracción IV, de la CPEUM, no encontramos un paradigma como tal de contribución , únicamente se hace alució a su fundamento y la razón de ser
Contribución, nos referimos a una obligación que es obligación de cada mexicano; la contribución es entendida como una obligación.
En el texto Constitucional se emplea la palabra contribución y no impuesto este último es un término mucho más autoritario en el que no es trascendente valorar
las circunstancias del sujeto a quien va dirigido el Estado toma consideración de la circunstancias propias del sujeto pasivo, lo que garantiza un mínimo de justicia y evita que se traduzca en una imposición absoluta o arbitraria.
Tratándose de la materia fiscal, la dualidad de los derechos que generalmente se encuentran en colisión, la misma va enfocada hacía los derechos patrimoniales y se dan frente a los derechos sociales, tutelados en cada uno de los arábigos constitucionales.
Los principios Constitucionales cumplen tres funciones
La Exegética: ayuda a la interpretación de todo ordenamiento jurídico
Fundamentadora: limita a las autoridades y dirigen el ejercicio de su legitimación.
La garantía de los particulares, los derechos individuales otorgan certeza jurídica al ciudadano