"Ingresos por salarios de acuerdo a la ley del ISR"

Se consideran ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado, los salarios y demás prestaciones que deriven de una relación laboral, incluyendo la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas y las prestaciones percibidas como consecuencia de la terminación de la relación laboral.

2.- Los rendimientos y anticipos, que obtengan los miembros de las sociedades cooperativas de producción, los anticipos que reciban los miembros de sociedades y asociaciones civiles.

3.- Los honorarios a miembros de consejos directivos, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole.

1.- Las remuneraciones y demás prestaciones, obtenidas por los funcionarios y trabajadores de la Federación, Entidades Federativas y Municipios,

4.- Los honorarios a personas que presten servicios preponderantemente a un prestatario.

Para los efectos de este impuesto, se asimilan a estos ingresos los siguientes:

5.- Los honorarios que perciban las personas físicas de personas morales o de personas físicas con actividades empresariales a las que presten servicios personales independientes.

6.- Los ingresos que perciban las personas físicas de personas morales o de personas físicas con actividades empresariales.

7.- Los ingresos obtenidos por las personas físicas por ejercer la opción otorgada por el empleador, o una parte relacionada del mismo, para adquirir, incluso mediante suscripción, acciones o títulos valor que representen bienes

El patrón tiene la obligación de retener el impuesto que resulte por la obtención de estos ingresos, siendo considerada como pago provisional a cuenta del impuesto anual resultante.

Calculo del impuesto sobre la renta:

Del 15% cuando los ingresos sean mas de 125,900 pesos hasta un millón de pesos.

Del 30% cuando los ingresos percibidos exceden de un millón de pesos.

No se paga el impuesto por los primeros 125,900

Elementos del ISR:

Época de pago

Base

Objeto

Tasa o tarifa

Sujeto

Personas Físicas y Morales

Ingresos o riquezas

Persona física Tarifa y personas morales porcentaje fijo 30%

Utilidades

Personas físicas declaración anual abril de cada año

Las personas morales deberaan calcular el ISR aplicando al resultado fiscal obtenido en el ejercicio la tasa del 30%.

Anguiano Silva Ricardo
5.B

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Quincena (Base gravable) $ 7,500

(-) Limite inferior $ 6602.71

(=) Excedente límite inferior (Diferencia) $ 897.29

(*) % Sobre excedente (de la tabla) 21.36 %

(=) ISR Marginal $ 191.66

(+) Cuota Fija ISR (de la tabla) $ 699.3

(=) ISR $ 890.96