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Marco normativo de seguridad y salud en el trabajo - Coggle Diagram
Marco normativo de seguridad y salud en el trabajo
Constitución política
Artículo 123,Apartado “A”, fracción XV
El patrono estará obligado a observar los preceptos legales sobre higiene y seguridad en las instalaciones de su establecimiento, y a adoptar las medidas adecuadas para prevenir accidentes, así como a organizar de tal manera éste, que resulte la mayor garantía para la salud y la vida de los trabajadores.
Ley Federal del Trabajo
Artículo 132, fracción XVI
Obligación del patrón de instalar y operar los lugares en que deban ejecutarse las labores, de acuerdo con las disposiciones establecidas en el reglamento y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, a efecto de prevenir accidentes y enfermedades laborales, así como de adoptar las medidas preventivas y correctivas que determine la autoridad laboral.
Fracción XVII
Obligación de los patrones de cumplir el reglamento y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, así como de disponer en todo tiempo de los medicamentos y materiales de curación indispensables para prestar oportuna y eficazmente los primeros auxilios.
Artículo 134, fracciones II y X
Obligaciones de los trabajadores
Observar disposiciones contenidas en el reglamento y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo y las que indiquen los patrones para su seguridad y protección personal, y someterse reconocimientos médicos para comprobar que no padecen alguna incapacidad o enfermedad de trabajo, contagiosa o incurable.
Artículo 512
En los reglamentos e instructivos que las autoridades laborales expidan se fijarán las medidas necesarias para prevenir los riesgos de trabajo y lograr que el trabajo se preste en condiciones que aseguren la vida y la salud de los trabajadores.
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
Artículo 40, fracción XI
Faculta a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para estudiar y ordenar las medidas de seguridad e higiene industriales para la protección de los trabajadores.
Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo
Artículo 10
Establece la facultad de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para expedir Normas con fundamento en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su reglamento, la Ley Federal del Trabajo y el presente reglamento, con el propósito de establecer disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo que eviten riesgos que pongan en peligro la vida, integridad física o salud de los trabajadores, y cambios adversos y sustanciales en el ambiente laboral, que afecten la seguridad o salud de los trabajadores o provocar daños a las instalaciones y materiales.
Ley Federal sobre Metrología y Normalización
Artículos 38, fracción II, 40, fracción VII, y 43 al 47
Determina la competencia de las dependencias para expedir las normas oficiales mexicanas relacionadas con sus atribuciones; la finalidad que tienen éstas de establecer las condiciones de salud, seguridad e higiene que deberán observarse en los centros de trabajo, así como el proceso de elaboración, modificación y publicación de las mismas.
Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Determinan las condiciones mínimas necesarias para la prevención de riesgos de trabajo, destinan a la atención de factores de riesgo, a los que pueden estar expuestos los trabajadores.
41 normas oficiales vigentes divididas en 5 categorías
Normas de seguridad
Normas de salud
Normas de organización
Normas específicas
Normas de Producto