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DERECHOS CONSAGRADOS DE LA CONSTITUCIÓN DEL ECUADOR (2008), Bibliografía:…
DERECHOS CONSAGRADOS DE LA CONSTITUCIÓN DEL ECUADOR (2008)
DERECHOS DEL BUEN VIVIR
AGUA Y ALIMENTACIÓN
Las personas y colectividades tienen derecho al acceso seguro y permanente a alimentos sanos, suficientes y nutritivos
AMBIENTE SANO
Derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir
COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN
Comunicación libre, intercultural, incluyente, diversa y
participativa
Acceso universal a las tecnologías de información y
comunicación.
Creación de medios de comunicación social, y al acceso en
igualdad de condiciones al uso de las frecuencias
Acceso y uso de todas las formas de comunicación visual, auditiva, sensorial y a otras que permitan la inclusión de personas con discapacidad.
Integrar los espacios de participación previstos en la Constitución
en el campo de la comunicación
CULTURA Y CIENCIA
Construir y mantener su propia identidad cultural, a decidir sobre su pertenencia a una o varias comunidades culturales y a expresar dichas elecciones; a la libertad estética; a conocer la memoria histórica de sus culturas y a acceder a su patrimonio cultural; a difundir sus propias expresiones culturales y tener acceso a expresiones culturales diversas.
Desarrollar su capacidad creativa, al ejercicio digno y sostenido de las actividades culturales y artísticas
Acceder y participar del espacio público como ámbito de deliberación, intercambio cultural cohesión social y promoción de la igualdad en la diversidad.
Recreación y al esparcimiento, a la práctica del deporte y al tiempo libre
Gozar de los beneficios y aplicaciones del progreso científico y de los saberes ancestrales.
EDUCACIÓN
La educación es un derecho de las personas a lo largo de
su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado.
Las personas, las familias y la sociedad tienen el derecho y la responsabilidad de participar en el proceso educativo.
HÁBITAT Y VIVIENDA
Las personas tienen derecho a un hábitat seguro y saludable, y a una vivienda adecuada y digna, con independencia de su situación social y económica.
Derecho al disfrute pleno de la ciudad y de sus espacios públicos, bajo los principios de sustentabilidad, justicia social, respeto a las diferentes culturas urbanas y equilibrio entre lo urbano y lo rural.
SALUD
La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya
realización se vincula al ejercicio de otros derechos entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir.
El Estado garantizará este derecho mediante políticas económicas, sociales, culturales, educativas y ambientales; y el acceso permanente, oportuno y sin exclusión a programas, acciones y servicios de promoción y atención integral de salud, salud sexual y salud reproductiva.
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
El Estado garantizará a las personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas y el desempeño de un trabajo saludable y libremente escogido o aceptado.
EI derecho a la seguridad social es un derecho irrenunciable
de todas las personas
DERECHOS DE LAS PERSONAS Y GRUPOS DE ATENCIÓN PRIORITARIA
JÓVENES
El Estado garantizará los derechos de las jóvenes y los
jóvenes, y promoverá su efectivo ejercicio a través de políticas y programas, instituciones y recursos que aseguren y mantengan
de modo permanente su participación e inclusión en todos los ámbitos, en particular en los espacios del poder público.
MOVILIDAD HUMANA
Se reconoce a las personas el derecho a migrar
Se reconocen los derechos de asilo y refugio
MUJERES EMBARAZADAS
No ser discriminadas por su embarazo en los ámbitos educativo,
social y laboral.
La gratuidad de los servicios de salud materna.
La protección prioritaria y cuidado de su salud integral y de su
vida durante el embarazo, parto y posparto.
Disponer de las facilidades necesarias para su recuperación
después del embarazo y durante el periodo de lactancia.
NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
Tendrán derecho a su desarrollo integral, entendido como proceso de crecimiento, maduración y despliegue de su intelecto y de sus capacidades, potencialidades y aspiraciones, en un entorno familiar, escolar, social y comunitario de afectividad y seguridad.
Tienen derecho a la integridad física y psíquica; a su identidad, nombre y ciudadanía; a la salud integral y nutrición; a la educación y cultura, al deporte y recreación; a la seguridad social; a tener una familia y disfrutar de la convivencia familiar y comunitaria; a la participación social; al respeto de su libertad y dignidad; a ser consultados en los asuntos que les afecten; a educarse de manera prioritaria en su idioma y en los contextos
culturales propios de sus pueblos y nacionalidades; y a recibir información acerca de sus progenitores o familiares ausentes, salvo que fuera perjudicial para su bienestar.
PERSONAS CON DISCAPACIDAD
La atención especializada en las entidades públicas y privadas
que presten servicios de salud para sus necesidades específicas
La rehabilitación integral y la asistencia permanente, que
incluirán las correspondientes ayudas técnicas.
Rebajas en los servicios públicos y en servicios privados de transporte y espectáculos.
Exenciones en el régimen tributarlo
El trabajo en condiciones de igualdad de oportunidades
Una vivienda adecuada, con facilidades de acceso y condiciones
necesarias para atender su discapacidad y para procurar el mayor grado de autonomía en su vida cotidiana
Una educación que desarrolle sus potencialidades y habilidades
para su integración y participación en igualdad de condiciones
La educación especializada para las personas con discapacidad
intelectual y el fomento de sus capacidades mediante la creación de centros educativos y programas de enseñanza específicos.
La atención psicológica gratuita para las personas con discapacidad y sus familias, en particular en caso de discapacidad intelectual.
El acceso de manera adecuada a todos los bienes y servicios. Se
eliminarán las barreras arquitectónicas.
El acceso a mecanismos, medios y formas alternativas de comunicación, entre ellos el lenguaje de señas para personas sordas, el oralismo y el sistema braille
PERSONAS CON ENFERMEDADES CATASTROFICAS
Derecho a la atención especializada y gratuita en todos los niveles, de manera oportuna y preferente.
PERSONAS PRIVADAS DE LIBERTAD
No ser sometidas a aislamiento como sanción disciplinaria
La comunicación y visita de sus familiares y profesionales del
derecho.
Declarar ante una autoridad judicial sobre el trato que haya
recibido durante la privación de la libertad
Contar con los recursos humanos y materiales necesarios para garantizar su salud integral en los centros de privación de libertad
La atención de sus necesidades educativas, laborales,
productivas, culturales, alimenticias y recreativas
Recibir un tratamiento preferente y especializado en el caso
de las mujeres embarazadas y en periodo de lactancia,
adolescentes, y las personas adultas mayores, enfermas o con
discapacidad.
Contar con medidas de protección para las niñas, niños,
adolescentes, personas con discapacidad y personas adultas mayores que estén bajo su cuidado y dependencia.
PERSONAS USUARIAS Y CONSUMIDORAS
Las personas tienen derecho a disponer de bienes y
servicios de óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como
a una información precisa y no engañosa sobre su contenido y
características.
ADULTAS Y ADULTOS MAYORES
La atención gratuita y especializada de salud, así como el acceso
gratuito a medicinas.
El trabajo remunerado, en función de sus capacidades, para lo
cual tomará en cuenta sus limitaciones
La jubilación universal.
Rebajas en los servicios públicos y en servicios privados de
transporte y espectáculos
Exenciones en el régimen tributario.
Exoneración del pago por costos notariales y registrales, de
acuerdo con la ley
El acceso a una vivienda que asegure una vida digna, con respeto a su opinión y consentimiento.
DERECHOS DE LAS COMUNIDADES, PUEBLOS Y NACIONALIDADES
Mantener, desarrollar y fortalecer libremente su identidad
. No ser objeto de racismo y de ninguna forma de discriminación
El reconocimiento, reparación y resarcimiento a las colectividades
Conservar la propiedad imprescriptible de sus tierras
comunitarias
Mantener la posesión de las tierras y territorios ancestrales y obtener su adjudicación gratuita
Participar en el uso, usufructo, administración y conservación de
los recursos naturales renovables que se hallen en sus tierras
Consulta previa sobre planes y programas de prospección,
explotación y comercialización de recursos no renovables
Conservar y promover sus prácticas de manejo de la
biodiversidad y de su entorno natural.
Conservar y desarrollar sus propias formas de convivencia y
organización social
. No ser desplazados de sus tierras ancestrales
. Mantener, recuperar, proteger, desarrollar y preservar su patrimonio cultural e histórico
Desarrollar, fortalecer y potenciar el sistema de educación
intercultural bilingüe
Construir y mantener organizaciones que los representen
Participar mediante sus representantes en los organismos
oficiales que determine la ley
Ser consultados antes de la adopción de una medida legislativa que pueda afectar cualquiera de sus derechos colectivos
Mantener y desarrollar los contactos, las relaciones y la
cooperación con otros pueblos
Impulsar el uso de las vestimentas, los símbolos y los emblemas que los identifiquen
La limitación de las actividades militares en sus territorios, de acuerdo con la ley.
Que la dignidad y diversidad de sus culturas, tradiciones, historias y aspiraciones se reflejen en la educación pública y en los medios de comunicación;
DERECHOS DE PARTICIPACIÓN
Elegir y ser elegidos
Participar en los asuntos de interés público.
Presentar proyectos de iniciativa popular normativa
. Ser consultados
Fiscalizar los actos del poder público.
Revocar el mandato que hayan conferido a las autoridades de elección popular.
Desempeñar empleos y funciones públicas con base en méritos y capacidades
Conformar partidos y movimientos políticos, afiliarse o desafiliarse libremente de ellos y participar en todas las decisiones que éstos adopten.
DERECHOS DE LIBERTAD
El derecho a la inviolabilidad de la vida. No habrá pena de muerte
El derecho a una vida digna
asegure la salud, alimentación y nutrición, agua potable, vivienda, saneamiento ambiental, educación, trabajo, empleo, descanso y ocio, cultura física, vestido, seguridad social y otros servicios sociales necesarios.
. El derecho a la integridad personal
La integridad física, psíquica, moral y sexual.
Una vida libre de violencia en el ámbito público y privado
La prohibición de la tortura, la desaparición forzada y los tratos
y penas crueles, inhumanos o degradantes.
La prohibición del uso de material genético y la experimentación
científica que atenten contra los derechos humanos
Derecho a la igualdad formal, igualdad material y no
discriminación.
El derecho al libre desarrollo de la personalidad, sin más
limitaciones que los derechos de los demás.
El derecho a opinar y expresar su pensamiento libremente y en todas sus formas y manifestaciones
El derecho a practicar, conservar, cambiar, profesar en público o en privado, su religión o sus creencias
El derecho a tomar decisiones libres, informadas, voluntarias y responsables sobre su sexualidad, y su vida y orientación sexual.
El derecho a escoger cuantos hijos tener
El derecho a guardar reserva sobre sus convicciones
El derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria.
Derecho a transitar libremente por el territorio nacional y a escoger su residencia
El derecho a desarrollar actividades económicas, en forma individual o colectiva, conforme a los principios de solidaridad, responsabilidad social y ambiental
El derecho a la libertad de contratación.
Libertad de trabajo
Honor y al buen nombre
Protección de datos de carácter personal
Intimidad personal y familiar
Inviolabilidad de domicilio
Dirigir quejas y peticiones individuales y colectivas
a las autoridades
Participar en la vida cultural de la comunidad.
Acceder a bienes y servicios públicos y privados
DERECHOS DE LA NATURALEZA
Tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos.
La naturaleza tiene derecho a la restauración
EI Estado aplicará medidas de precaución y restricción
para las actividades que puedan conducir a la extinción de especies
DERECHOS DE PROTECCIÓN
Toda persona tiene derecho al acceso gratuito a la justicia y a la tutela efectiva, imparcial y expedita de sus derechos e intereses, con sujeción a los principios de inmediación y celeridad; en ningún caso quedará en indefensión
Se asegurará el derecho al debido proceso que incluirá las siguientes garantías básicas
Garantizar el cumplimiento de las normas y los derechos de las
partes.
Se presumirá la inocencia de toda persona
Nadie podrá ser juzgado ni sancionado por un acto u omisión que, al momento de cometerse, no esté tipificado en la ley como infracción penal, administrativa o de otra naturaleza
Las pruebas obtenidas o actuadas con violación de la Constitución o la ley no tendrán validez alguna y carecerán de eficacia probatoria
. El derecho de las personas a la defensa
Bibliografía: Constitución de la República del Ecuador 2008