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La INTERPRETACION DE LAS NORMAS, TIPOS DE INTERPRETACIÓN, Arrancan en las…
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TIPOS DE INTERPRETACIÓN
Doctrinal es la interpretación practicada por los doctrinarios, por los teóricos, por los juristas.
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- Arrancan en las Cortes, Asambleas Legislativas de las CCAA o por iniciativa popular.
Se presentaran acompañadas de una Exposición de Motivos y de los antecedentes necesarios para poder pronunciarse sobre ellas.
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Las proposiciones de ley que, de acuerdo con la Constitución hayan sido tomadas en consideración por el Senado, serán tramitadas por el Congreso como tales proposiciones de ley, excluido el trámite de toma en consideración.
- Las enmiendas pueden ser:
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Si el proyecto es aprobado por el Congreso, se pasa al Senado, disponiendo de dos meses para aprobarlo, oponer su veto o introducir enmiendas.
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- Nuestro CC indica en su art 3. que <<1. Las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos, y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquéllas.
- La equidad habrá de ponderarse en la aplicación de las normas, si bien las resoluciones de los Tribunales solo podrán descansar de manera exclusiva en ella cuando la ley expresamente lo permita.
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- Gobierno, Congreso y Senado, Asambleas Legislativas de las Comunidades Autonomas y Iniciativa Popular.
- Arranca en el consejo de Ministros
- Una vez aprobados en el consejo de ministros, son remitidos al congreso de los diputados.
- Se abre entonces el plazo de presentación de enmiendas.