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DERECHO DE TRANSMISION, Solicitar ante el juez competente, la yacencia con…
DERECHO DE TRANSMISION
PROCEDENCIA DEL DERECHO DE TRANSMISIÓN: con la muerte del causante, pasando el heredero de mejor derecho a gozar de la herencia sin manifestación alguna asumiendo la posesión legal. El transmitente, deja una herencia, la cual al llamado a heredar tiene la opción de aceptar o repudiar la herencia. En el proceso de sucesión se tienen tres personas: trasmisor, transmitente y adquiriente.
Trasmisión herencial
se puede presentar en cualquier tipo de sucesión (testada o intestada); cuando se dan las muertes en un mismo acontecimiento; es decir, los que fallecieron sucedió al otro, al verificar que una sola persona sobrevivió.
"El heredero de trasmisor se tiene dos herencias; el trasmitido puede"
•Aceptar ambas herencias.
•Repudiar ambas herencias.
•Aceptar una y repudiar la otra.
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La herencia transmitida son bienes que deja en su muerte, no es posible aceptar la herencia del transmitente antes de aceptar la del trasmisor.
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Solicitar ante el juez competente, la yacencia con el siguiente tramite:
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SUSCESIONES DONDE PUEDA DARSE LA FIGURA DE TRASMISION:
No constituye un modo especial, se puede dar en sucesiones testadas o intestadas.
El tramiten té fallezca testado (testamento) sus herederos serán testamentarios.
*Un causante deja su herencia a su sucesor renuente quien muere sin aceptar o repudiar dejando testamento o no.
PLURALIDAD DE HEREDEROS DEL TRASMISOR: Puede que uno de varios herederos acepte las dos herencias conjuntamente a tiempo que otro acepta la del trasmisor, pero repudia la del tramitente
HERENCIA YACENTE
FUNDAMENTOS PARA LA DECLARATORIA YACENTE. Se tiene 15 días para obtener la declaratoria de yacencia, de manera oficiosa y va de la mano con el curador designado y a la orden de su emplazamiento de los posibles intervinientes.
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