Debemos entender por joint venture internacional aquella forma de cooperación entre empresas que gozan de autonomía jurídica y económica, radicadas en países diferentes, concretada bien mediante la constitución de una empresa común, o a través de la firma de un contrato, con el fin de llevar a cabo, de forma conjunta, una actividad determinada, duradera o provisional en el tiempo, dotándola de apoyo técnico, financiero o comercial de sus propias empresas, a través de aportaciones de capital, tecnología y/o know-how, y/o mano de obra.