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Art. 114 - 118, Jesús Alexis Solis Ortiz AE2 BUAP - Coggle Diagram
Art. 114 - 118
Art. 115
Deducciones Autorizadas.
Las personas que obtengan ingresos, podrán efectuar las siguientes deducciones.
Los pagos efectuados por el impuesto predial correspondiente al año de calendario sobre dichos inmuebles.
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Los salarios, comisiones y honorarios pagados, así como los impuestos a cubrir.
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Art. 116
Pagos provisionales para contribuyentes que obtengan ingresos por el uso o goce temporal de inmuebles.
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Art. 114
De los ingresos por arrendamiento y en general por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles.
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