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LEY FEDERAL DE SANIDAD ANIMAL - Coggle Diagram
LEY FEDERAL DE SANIDAD ANIMAL
Cuarentena
Cuando exista un riesgo zoosanitario, las unidades de producción, y los establecimientos estarán sujetos a la aplicación de medidas zoosanitarias o cuarentenas,
Las cuarentenas que se apliquen para enfermedades bajo esquema de campaña o enfermedades enzoóticas que la Secretaría determine de impacto zoosanitario, social o económico
La enfermedad que justifica su establecimiento
El objetivo y tipo de la cuarentena
El ámbito territorial de aplicación definiendo las zonas geográficas del territorio nacional que se declaran en cuarentena
Las mercancías reguladas, unidades de producción o los establecimientos que se declaran en cuarentena
Las especies y poblaciones animales, bienes de origen animal y los productos para uso o consumo animal susceptibles de riesgo zoosanitario
Los procedimientos y requisitos a cumplir para su liberación.
Características de los laboratorios
Los requisitos y medidas zoosanitarias que se deberán cumplir para movilizar mercancías
La cuarentena de bienes de origen animal y productos para uso o consumo animal, se llevará a cabo en instalaciones que determine y autorice la Secretaría
Características de los laboratorios
Importación y Exportación
Los importadores de las mercancías que ingresen al país que estén sujetas a regulación zoosanitaria
Los importadores de muestras de productos para uso o consumo animal con fines de investigación, constatación y registro deberán solicitar la autorización
Las mercancías que se pretendan ingresar al territorio nacional, deberán provenir de países autorizados que cuenten con servicios veterinarios
El reconocimiento de zonas, regiones o países como libres de enfermedades y plagas,
Queda prohibida la importación de animales, bienes de origen animal, desechos, despojos y demás mercancías cuando sean originarios o procedan de zonas, regiones o países que no han sido reconocidos por la Secretaría como libres de enfermedades o plagas
nte la notificación oficial de un caso o foco de enfermedad o plaga exótica o enfermedad o plaga que se encuentre bajo campaña oficial, la Secretaría prohibirá de forma inmediata la importación de las mercancías que representen riesgo zoosanitario.
La Secretaría expedirá el certificado zoosanitario para importación en los puntos de ingreso por donde se importen las mercancías reguladas,