Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
UNIDAD 2 "LA PERSONA" - Coggle Diagram
UNIDAD 2 "LA PERSONA"
Origen griego
-
SKUTSCH
Phersu
-
Visitando necrópolis de Cornete Tarquini hallo la inscripción PHERSU al lado de dos personas enmascaradas
LATIN
PERSONARE
Nombre dado a la mascara con la que los actores se cubrían el rostro para realzar la voz en las representaciones teatrales.
Paso al lenguaje comun
Designa la función o rol de los individuos en la vida social, luego designo al sujeto con la cualidad de ser titular de derechos y deberes jurídicos
DERECHO ROMANO
-
GAYO- INSTITUTA
Todo derecho se relaciona con las personas, con las cosas o con las acciones
-
PERSONA HUMANA
-
-
SISTEMA DE SAVIGNY
NO reconoce la calidad de sujeto de derecho a la persona por nacer, sino que son reservados hasta el momento del nacimiento con vida (CONDICION SUSPENSIVA)
-
SISTEMA DE FREITAS
Existencia de la persona humana comienza con la concepción, nota del esboco art 221
-
-
IUSNATURALISMO
Derecho conjunto de normas creadas por el legislador obligatorias que se encuentran al servicio del hombre para el cumplimiento de sus fines, inserto en el orden moral.
Ordenamiento Juridico
Reconoce en el ser humano individual la condición de sujeto potencial de derechosa, que tiene por ley natural.
-
CONCEPCION
Hecho biológico consiste en la unión de los gametos femenino y masculino y su implantación en el útero, dando origen a la vida.
Consecuencias Juridicas
En el instante donde comienza la existencia de la persona humana, concepción, habrá de dispensarle la tutela jurídica, en especial garantizar y proteger su derecho a la vida y su dignidad personal
Establece la suerte derechos que pudiera haber adquirido el concebido y su emplazamiento en el estado de familia.
DETERMINACION
Presunciones extraídas de datos que proporciona la fisiología, en cuanto a la duración máxima y mínima del embarazo
NO hay embarazo que dure mas de 300 días (10 meses), ni menos de 180 días( 6 meses)
-
-
NACIMIENTO
A partir del nacimiento con vida se computan los plazos del embarazo, permite determinar el periodo o época en que la concepción debió haberse producido.
-
Nacimiento con vida se produce cuando ocurre el alumbramiento, separación de l seno de la madre y el nuevo ser adquiere individualidad propia.
-
-
ATRIBUTOS DE LA PERSONA
Cualidades o propiedades que le son inherentes a la persona íntimamente ligadas a ella, y que la determinan en su individualidad. No se adquieren, sino que son contemporáneos con la existencia de la persona.
CAPACIDAD
CAPACIDAD DE DERECHO
Aptitud para ser titular de derechos y deberes jurídicos reconocido por el ordenamiento jurídico (ART 22 CCyC)
Idea relativa, ya que toda persona tiene aptitud de ser titular de todos los derechos y actos que no le sean expresamente prohibidos.
Prohibiciones o restricciones impuestas por la ley teniendo en cuenta distintas circunstancias, implica la total imposibilidad de adquirir el derecho, contraer el deber o realizar el acto jurídico.
NO pueden ser subsanadas porque carecería de sentido que la propia ley proporcionara el medio de eludirlas.
Impuestas a l apersona para ser titulares de determinados derechos, no están sistematizados en el CCyC , aparecen legisladas al tratar cada uno de sus instituciones.
-
-
-
CAPACIDAD DE EJERCICIO
-
Aptitud que el ordenamiento jurídico reconoce a la persona humana para obrar por si en el camp de lo jurídico, para ejercer por si misma los derechos de los que es titular. (ART 23 CCyC)
-
Restricciones o limitaciones se instituyen para proteger a quienes, por su falta de madurez en razón de su edad o falta de salud mental, no están en condiciones de cuidar de su persona, o están expuestos a otorgar actos jurídicos que resultan perjudiciales a sus intereses.
CARACTERES
A) Aptitud para obrar, para ejercer actos jurídicos
B) Aptitud legal, proviene de la norma
C) Es susceptible de grados, puede faltar en forma absoluta o existir plenamente
-
CAPACIDAD Y LEGITIMACION
Posibilidad de realizar un acto determinado, concreto. Ej. el asentimiento de ambos cónyuges o convivientes para disponer de los derechos sobre la vivienda familiar, o de los muebles indispensables de esta
INCAPACIDAD DE EJERCICIO
Imposibilidad de la persona para ejercer por si misma sus derechos, para realizar por si misma actos jurídicos validos.
Se fundan en la necesidad de proteger el interés de aquellas personas que, dada su ausencia o insuficiencia de madurez en razón de su edad, o por padecer de una alteración mental permanente o prolongada, se encuentra imposibilitadas o disminuidas para cuidar de su persona o ejercer actos jurídicos necesarios para la adquisición, conservación de los derechos de los que es titular.
Aptitud del sujeto referida al ámbito de los actos lícitos, es un concepto ajeno a la esfera de la ilicitud.
CARACTERES
B) Es susceptible de grados, NO puede faltar en absoluto porque implicaría negar la propia calidad de la persona.
-
A) Reglas que gobiernan la capacidad son de ORDEN PUBLICO y NO pueden ser modificados por la voluntad de los particulares.
-
CAPACIDAD Y PODER
Poder facultad para la gestión de negocios ajenos, de manera que los actos celebrados por quien esta investido de poder le son impuestos a la persona por cual se obra y a la que representa.
Poder puede provenir de la voluntad de una persona que inviste a otra del poder de celebrar en su nombre uno o mas actos juridicos.
CAPACIDAD Y ESTADO
Estado es la posición que la persona ocupa en el grupo familiar, un emplazamiento al que las normas asignan facultades, derechos y deberes.
-
La capacidad es la cualidad que la distingue como sujeto potencial de derechos y deberes; el nombre que la individualiza, el domicilio que sitúa jurídicamente en un lugar determinado y el estado la sitúa en el medio familiar en el que se desenvuelve.
-
NOMBRE
-
Elementos
-
POR APELLIDO
Designa el grupo familiar, cada individuo lleva el apellido que le corresponde en razón de su pertenencia al grupo familiar.
-
Es un derecho y un deber, pq la persona humana tiene que usar el pronombre y apellido que le corresponde
-
ESTADO
Estado civil
Ciertas situaciones de derecho, de especial carácter, permanencia y relevancia, en las que puede encontrarse la persona
-
STATUS
Situación jurídica en que se encontraba el individuo con relacion a la Nacion, familia y libertad.
-
-
CARACTERES
A) Normas que regulan son de orden publico, NO pueden ser modificadas por la voluntad de los interesados.
-
-
D) Reciproco o correlativo, cada estado de una persona corresponde el de otra que resulta correlativo (padre-hijo
E) Inalienable, resulta intransmisible, no puede ser cedido ni transmitido por actos jurídicos, es irrenunciable e intransigible.
CARACTERES
C) Son indisponibles. Están fuera del comercio no pueden ser transferidos, NO pueden ser modificados por la voluntad de los particulares.
D) Son inmutables. NO se pueden cambiar en el supuesto normativo. Excepciones con respecto al nombre
-
-