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DERECHOS DE SUPERVIVENCIA, imagen, imagen, imagen, imagen - Coggle Diagram
DERECHOS DE SUPERVIVENCIA
Art. 24.- Derecho a la lactancia materna.
Para asegurarle el vínculo afectivo con su madre, adecuada nutrición, crecimiento y desarrollo.
Art. 21. Derecho a conocer a los progenitores y mantener relaciones con ellos
Tienen derecho a conocer a su padre
y madre.
ART. 20 Derecho a la vida
Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la vida desde su concepción.
Art. 27.- Derecho a la salud
Disfrutar del más alto nivel de salud física, mental, psicológica y sexual.
Art. 29.- Obligaciones de los progenitores.
Brindar la atención de salud que esté a su alcance y asegurar el cumplimiento de las prescripciones, controles y disposiciones médicas y de salubridad.
Art. 26.- Derecho a una vida digna.
Permita disfrutar de las condiciones
socioeconómicas necesarias para su desarrollo integral
Art. 32.- Derecho a un medio ambiente sano.
Sano, ecológicamente equilibrado y libre de contaminación, que garantice su salud, seguridad alimentaria y desarrollo integral.
Art. 30.- Obligaciones de los establecimientos de salud.
Prestar los servicios médicos de emergencia, Informar sobre el estado de salud del niño,Mantener registros individuales en los que conste la atención, Identificar a los recién nacidos inmediatamente después del parto.