La ley, en la moderna teoría general del Derecho, puede ser tomada en dos aspectos: uno formal, que se refiere a la que ha sido distada a través del Poder Legislativo conforme a los procedimientos específicamente preestablecidos por la Constitución; y el otro material, que alude a toda norma jurídica cuyo contenido regula una multiplicidad de casos y ha sido, o no, dictada por el Órgano Legislativo y es de carácter obligatorio. Sin embargo, puede presentarse el caso de ciertas normas jurídicas que no fueron emanadas de manera formal por el Poder Legislativo y que, por lo tanto, no incluyen el elemento formal de toda ley, pero, por el contrario, estas leyes sí contienen el elemento material que necesita la ley, lo que viene a representar el contenido normativo y compulsorio.