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Derechos de supervivencia - Coggle Diagram
Derechos de supervivencia
Art.20. Derecho a la vida
Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho
a la vida desde su concepción y se prohíben los experimentos y manipulaciones médicas y genéticas
Art. 21 Derecho a conocer a los progenitores y mantener relaciones con
ellos
Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a conocer a su padre
y madre, a ser cuidados por ellos y a mantener relaciones afectivas y No se les privará de este derecho por falta o escasez de recursos
económicos
Art. 22.- Derecho a tener una familia y a la convivencia familiar
. El Estado, la sociedad y la familia deben adoptar prioritariamente
medidas apropiadas que permitan su permanencia en dicha familia
Art. 24.- Derecho a la lactancia materna
Los niños y niñas tienen derecho a la lactancia materna para asegurarle el vínculo afectivo con su madre, adecuada nutrición, crecimiento y desarrollo.
Art. 23.- Protección prenatal
Se sustituirá la aplicación de penas y medidas privativas de libertad a la mujer embarazada hasta noventa días después del parto
Art. 25.- Atención al embarazo y al parto
El poder público y las instituciones de salud y asistencia a niños, niñas y adolescentes crearán las condiciones adecuadas para la atención durante el embarazo y el parto, a favor de la madre y del niño o niña
Art. 26.- Derecho a una vida digna
Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a una vida digna, que les permita disfrutar de las condiciones socioeconómicas necesarias para su desarrollo integral.
Art. 27.- Derecho a la salud
Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a disfrutar del más alto nivel de salud física, mental, psicológica y sexual
Art. 28.- Responsabilidad del Estado en relación a este derecho a la salud
Promover la acción interdisciplinaria en el estudio y diagnóstico temprano de los retardos del desarrollo, para que reciban el tratamiento y estimulación oportunos
Art. 29.- Obligaciones de los progenitores.
Corresponde a los progenitores del cuidado de los niños, niñas y adolescentes, brindar la atención de salud que esté a su alcance y asegurar el cumplimiento de las prescripciones, controles y disposiciones médicas y de salubridad
Art. 31.- Derecho a la seguridad social
Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la seguridad social. Este derecho consiste en el acceso efectivo a las prestaciones y beneficios generales del sistema, de conformidad con la ley
Art. 30.- Obligaciones de los establecimientos de salud
Prestar los servicios médicos de emergencia a todo niño, niña y adolescente que los requieran, sin exigir pagos anticipados ni garantías de ninguna naturaleza. No se podrá negar esta atención a pretexto de la ausencia del representante legal, la carencia de recursos económicos
Art. 32.- Derecho a un medio ambiente sano
Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado y libre de contaminación, que garantice su salud, seguridad alimentaria y desarrollo integral.