El contribuyente puede pagar las contribuciones hasta en 36 parcialidades, incluidas las multas, para lo cual debe solicitar autorización y garantizar el monto del adeudo desde la primera parcialidad por medio de prenda, hipoteca, fianza, embargo de la negociación, entre otras formas. La solicitud de autorización para pago de adeudos en parcialidades se presenta ante la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente o a través del Portal de internet del SAT, anexando los documentos que se indiquen.