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LAS GENERALIDADES DE LOS TITULOS DE CREDITO - Coggle Diagram
LAS GENERALIDADES DE LOS TITULOS DE CREDITO
Es un documento, al que se incorpora una obligación de carácter económico, o dicho de otra manera, representa un valor de orden patrimonial, a excepción de un contrato no establece la obligación de hacer o no hacer, es más bien una obligación de dar.
ENDOSO
Es la manera de transmitir el titulo a otra persona. El endoso sólo es necesario para la transmisión del documento en los títulos nominativos y a la orden, ya que en títulos al portador la transmisión es por la simple entrega, sin necesitarse ninguna otra formalidad.
CLASES
La ley establece cuatro clases de vencimiento:
A la vista. Significa que el título de crédito se deberá pagar en el momento que se ponga a la vista del deudor, por lo que se deduce que el beneficiario o tenedor puede exigir el pago forma inmediata.
Vencimiento a cierto tiempo vista. Consta de dos momentos: la vista y el transcurso de un cierto tiempo a partir
de ella
A día fijo. Se estipula una fecha específica a partir del cual el documento es exigible
CARACTERISTICAS
INCORPORACION
El derecho está incorporado al Título de Crédito,materializado, en el propio
documento, y no se puede ejercitar el Derecho sin tener a la mano el documento
material.
LA LEGITIMACION
es el poder de ejercitar el derecho de ser el titular o tenedor del
Título, y de hacerlo valer, por ser en ése momento, el tenedor legítimo que exige al
deudor el pago del Título de Crédito.
AUTONOMIA
Es el Derecho incorporado a un Título, es autónomo, y se transmite al nuevo tenedor
como un derecho propio e independiente,
LITERALIDAD
Se refiere al derecho
literal,y está determinado por el texto del documento donde se desprenda el derecho
y las obligaciones.
REQUISITOS
Esenciales
Son aquellos cuya omisión invalida los derechos u obligaciones
derivados de los títulos
No esenciales
Son aquellos que pueden omitirse intencional o inadvertidamente sin
que los títulos pierdan validez
Adicionales
Son aquellos que pueden agregarse a los requisitos normales que
debe contener los títulos de crédito y que por estar previstos por la
ley, surten efectos legales.