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Los Principios del Código Procesal Constitucional - Coggle Diagram
Los Principios del Código Procesal Constitucional
El Principio de Gratuitidad
El Principio de Gratuitidad
La principal consecuencia de este principio es el no pago de las tasas para acceder al aparato judicial.
Las costas que se pueden establecer poas las disposiciones administrativas del Poder Judicial.
Principio de Impulso de Oficio
Se puede definir al impulso como aquel "fenómeno por virtud del cual se asegura la continuidad de los actos procesales y su dirección hacia el fallo definitivo".
El principio de oficiosidad en el impulso se define como "la facultad que se concede al juez para conducir y hacer avanzar autónomamente el proceso.
Principio Iura Novit Curia
Este principio significa "la necesaria libertad con la que se debe contar para el senenciante para subsumir los hechos alegados y probados por las partes, dentro de las previsiones normativas que rijan el caso.
El Principio "Pro Actione"
Este principio consiste en la facultad que tiene el juez de decidir a favor de la admisión de la demanda o de la continuación del proceso, en aquellos casos en los que tenga una duda razonable respecto de si se está ante un caso de improcedencia de la demanda o de conclusión del proceso.
El Principio de Dirección Judicial
Es el proceso que situa la figura del juez Constitucional el poder deber de controlar razonablemente la actividad de las partes, evitando una conducta procesal obstruccionista y promoviendo la consecución de los fines del proceso de manera eficaz y pronta.
Principio de Elasticidad
Se exige que el juez adecue las formalidades que puedan exigirse en el proceso Constitucional a la cosecución de los fines del mismo y los cuales no huelga mencionar nuevamente ahora: asegurar la supremacía de la Constitución y la viencia efectiva de los derechos constitucionales
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Principio de Inmediación
Tiene por finalidad" que el juez es quien en defenitiva va a resolver el conflicto de interes o la incertidumbre con la relevancia jurídica que tenga el mayor contacto posible con todos los elementos subjetivos( intervinientes) y objetivos( documentos, lugares, etc)
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El Principio de Socialización
Este principio procesal, esta recogido también en el artículo VI CPC, que exige del juez la capacidad de saber intervenir a fin de que las desigualdades materiales que siempre acompañan a los litigantes, no entorpezcan la labor de llegar a una solución justa.
El principio de economía y celeridad procesal.
El principio de economía procesal, como es conocido, intenta enfrentar no sólo el tema de los costos, sino también de la duración y de la cantidad de actos que deben realizarse en el proceso.