Ningún ser humano podrá quitar, renunciar ni transferir los derechos humanos, porque está vinculado al hecho mismo de la existencia humana, son inherentes a las personas por su propia condición de ser humano y, por tanto, no pueden perderse a excepción de determinadas situaciones y según las debidas garantías procesales. (Wilson, 2018)
Ejemplo: Derechos individuales como tener libertad de pensamiento, tener seguridad en su propio hogar, actuar en defensa propia.
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