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CLASIFICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES MAGALY CARNEVALI DE CAMACHO,…
CLASIFICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES
MAGALY CARNEVALI DE CAMACHO
Según la naturaleza del vínculo
Obligaciones civiles u ordinarias
Otorgan al acreedor el derecho a exigir su cumplimiento y a hacer valer plenamente todos sus efectos a través de la intervención de los órganos jurisdiccionales
Son las que tienen fundamental importancia desde el punto de vista práctico, pues, configuran las obligaciones normales o por excelencia, a las cuales dedicamos todas las consideraciones expuestas a lo largo de este estudio
Obligaciones naturales
obligaciones desprovistas de sanción, esto es, no dotadas de poder coactivo, por lo que el acreedor no puede exigir al deudor el cumplimiento forzoso.
Constituyen en el campo jurídico, la excepción al derecho que tiene el acreedor de hacer efectiva la ejecución forzosa
Según la naturaleza del objeto o diversidad de la prestación
Obligaciones de dar
tienen por objeto la transmisión de la propiedad u otro derecho real del deudor al acreedor, por efecto del consentimiento legítimamente manifestado, a excepción de aquellos casos en los cuales la ley exige algún otro requisito
Obligaciones de hacer
Consisten en la realización de una actividad por parte del deudor en interés del acreedor. Todas las prestaciones que implican el despliegue de una conducta o actividad distinta de la transmisión de la propiedad u otro derecho real, configuran obligaciones de hacer
Obligaciones de no hacer
Consisten en una abstención u omisión de un hecho, en un no hacer algo que de conformidad con el ordenamiento jurídico, el deudor tenía la facultad de ejercer, es decir, que si no fuese porque se ha asumido la obligación, sería una conducta perfectamente legítima
Según las modalidades que pueden afectar la obligación
Obligaciones puras y simples
Obligaciones condicionales
Aquella cuya existencia (nacimiento mismo) o extinción (resolución) depende de la realización de una condición, entendiéndose por tal "el hecho de subordinar la formación o la desaparición de una relación de derecho a la realización de un acontecimiento futuro e incierto"
Obligaciones a término
Aquellas, cuyo cumplimiento o extinción depende de la realización de un acontecimiento futuro y cierto
Aquellas que no están sujetas a modalidad o circunstancia alguna que afecte su existencia o su cumplimiento
Según el fin perseguido por la prestación
Obligaciones de medio
Aquellas en las cuales "la prestación se nutre sólo del comportamiento del deudor, pero su obligación no se extiende más allá, pues, que el acreedor obtenga o no el resultado a que, sin duda, tendió, es indiferente"
Obligaciones de resultado
Aquellas en las cuales, el fin forma parte de la prestación, pues la misma no se agota en la conducta y el deudor se compromete a desarrollar una actividad o conducta determinada, para la consecución de un resultado
Según la unidad o pluralidad de objetos
Obligaciones conJuntivas
Aquellas en las cuales se deben todos los objetos comprendidos en las mismas, es decir, recaen sobre varios objetos y, el deudor para liberarse de su obligación, debe cumplir las diversas prestaciones que configuran los respectivos objetos
Obligaciones alternativas
Son aquellas que constriñen al deudor a una solamente de dos o más prestaciones previstas y se extinguen por la ejecución de la una o de la otra
Obligaciones facultativas
Aquellas en las cuales, si bien es cierto se debe una sola cosa y, el acreedor no tiene derecho más que a pedir esa cosa, el deudor está en la facultad de liberarse entregando en su lugar una diferente
Según la pluralidad de sujetos
Obligaciones conjuntas o mancomunadas
aquellas en las cuales existen diversos deudores o diversos acreedores y, presentan la particularidad de que la obligación se divide entre los diversos sujetos que integran la relación jurídica
Obligaciones solidarias
Aquella en donde varios deudores están obligados a una misma cosa, de modo que cada uno puede ser constreñido al pago por la totalidad, y que el pago hecho por uno solo de ellos liberte a los otros (solidaridad pasiva)
Según la divisibilidad del objeto y la ejecución de la prestación
Obligaciones divisibles
Aquellas que tienen por objeto una prestación susceptible de ser cumplida por partes, sin que se altere la esencia de la obligación
Obligaciones Indivisibles
La obligación es indivisible cuando la prestación tiene por objeto una cosa o un hecho indivisible por su naturaleza, o la constitución o transmisión de un derecho no susceptible de división (indivisibilidad por la naturaleza del objeto
Según el grado de determinación del objeto de la prestación
Obligaciones específicas
Aquella que tiene por objeto una cosa cierta, individual y concreta, perfectamente determinada, o sea, "una cosa designada por sus caracteres propios que la distinguen de todas las demás de su especie o género"
Obligaciones genéricas
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Bibliografía: Magaly Carnevall de Camacho. (Año de Publicación Desconocido). CLASIFICACiÓN DE LAS OBLIGACIONES. 28/08/2021, de Universidad de Los Andes Sitio web:
https://aulasvirtuales.iberopuebla.mx/pluginfile.php/1215033/mod_resource/content/1/Clasif%20Obliga.pdf
CLASIFICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES
MAGALY CARNEVALI DE CAMACHO
Según la fuente que da origen a la obligación
Obligaciones contractuales
Aquellas que nacen de un contrato. "Encuentran su fuente en la voluntad común del acreedor y del deudor, que se ponen de acuerdo para crear entre ellos un vínculo de derecho: es el contrato".
Obligaciones extracontractuales
Aquellas que tiene su origen en las otras fuentes distintas del contrato
Según la afectación del patrimonio al cumplimiento de la obligación
Obligaciones ordinarias o personales
aquellas que implican una relación entre dos o más sujetos, en virtud de la cual, uno de ellos (deudor) se compromete frente al otro (acreedor), a cumplir una prestación, esto es, una actividad determinada susceptible de evaluación pecuniaria
Obligaciones reales o propter rem
Aquellas relaciones jurídicas obligatorias, cuyo sujeto pasivo es cualquier persona que se encuentre en cierta posición jurídica respecto a una cosa, y las cuales se transmiten o extinguen con la transmisión e extinción del derecho real individualizador, pudiendo el deudor liberarse del deber mediante la renuncia o el abandono del derecho sobre la cosa"
Según la liquidez de la cantidad en la prestación
Obligaciones de cantidad líquida
Cuando su existencia es cierta y su cuantía es determinada por las partes, o en virtud de una decisión judicial
Aquellas cuya cuantía no se conoce con exactitud, pues, existe la deuda, pero falta su concreta determinación numérica por las partes
Bibliografía: Magaly Carnevall de Camacho. (Año de Publicación Desconocido). CLASIFICACiÓN DE LAS OBLIGACIONES. 28/08/2021, de Universidad de Los Andes Sitio web:
https://aulasvirtuales.iberopuebla.mx/pluginfile.php/1215033/mod_resource/content/1/Clasif%20Obliga.pdf