La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, a través de la Dirección Nacional de Prevención de Lavado de Activos y al amparo de sus facultades legales, controlará especialmente los siguientes aspectos: El cumplimiento de la legislación, sujetos obligados cuenten con políticas, procedimientos, desarrollo de la actividad, información societaria y contable; y Aplicar las sanciones correspondientes conforme lo señala esta norma