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CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN - Coggle Diagram
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Los contribuyentes podrán acreditar el importe de los estímulos a que tengan derecho, a más tardar
declaración del ejercicio en que nació el derecho a obtener el estímulo;
en un plazo de cinco años contados a partir del último día en que venza el plazo para presentar la
ESTÍMULOS FISCALES
Los contribuyentes obligados a pagar mediante declaración periódica podrán acreditar el importe de los estímulos fiscales a que tengan derecho.
En los casos en que las disposiciones que otorguen los estímulos establezcan la obligación de cumplir
con requisitos formales adicionales al aviso a que se refiere el primer párrafo de este Artículo, se
entenderá que nace el derecho para obtener el estímulo, a partir del día en que se obtenga la
autorización o el documento respectivo.
ARTÍCULO 25-A
efectivamente realizado.
contribuyente, sólo procederá la devolución de cantidades a favor cuando éstas deriven de un pago
se presente una declaración complementaria reduciendo el importe de la contribución a cargo del
Cuando por una contribución pagada mediante el acreditamiento de un estímulo fiscal o un subsidio,