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Trámite para diligenciar los exhortos o cartas rogatorias recibidos por…
Trámite para diligenciar los exhortos o cartas rogatorias recibidos por México
La Recepción.
a través de la Misión Diplomática
requirente en
México a la SRE.
Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Relaciones Exteriores
Trámite.
El Tribunal Superior de Justicia mexicano lo turnará a un Juzgado de su jurisdicción.
El juez mexicano deberá ordenar la diligenciarían del exhorto o carta rogatoria.
Se remite al Tribunal Superior de Justicia de la Entidad Federativa de acuerdo con el domicilio de la persona que se entenderá la diligencia
El juez debe levantar constancia de todo lo actuado para ser enviado a la autoridad exhortante.
Dictamen.
De no cumplir los requisitos, el exhorto o carta rogatoria será devuelto a la autoridad requirente.
Revisarán que el exhorto o carta rogatoria cumpla con los requisitos del instrumento internacional
“Convenio de La Haya sobre la Obtención de Pruebas en el Extranjero en Materia Civil y Comercial”.
“Convención Interamericana sobre Exhortos o Cartas Rogatorias” y su “Protocolo Adicional”.
“Convenio de La Haya sobre la Notificación o Traslado en el Extranjero de Documentos Judiciales o Extrajudiciales en Materia Civil o Comercial”.
“Convención Interamericana sobre Recepción de Pruebas en el Extranjero” y su “Protocolo Adicional”.
Devolución
devolverán el exhorto o carta rogatoria a la autoridad central o a la autoridad del estado requerido con los certificados de cumplimiento que correspondan
Deberá enviarlo a la Dirección General de Asuntos Jurídicos
La autoridad judicial mexicana deberá llenar los formatos de cumplimiento, según el instrumento internacional
Certificado de cumplimiento
Indicará la forma, el lugar y la fecha de cumplimiento
La persona a la que el documento haya sido entregado
describirá el cumplimiento de la petición
En su caso precisará el hecho que haya impedido el cumplimiento