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Derechos Reales Art 665 C.C, image, O devolverla en igual calidad y del…
Derechos Reales Art 665 C.C
Uso o Habitación. Art 870 C.C
Gozar de una parte limitada de las utilidades y productos de una cosa
Constitución y Perdida. Art. 781 C.C
Tal como el Usufructo
Derechos de carácter Personalismo Arti. 878 C.C
Beneficiarios Arti. 870
Se limita a las necesidades personales del habitador= Familia
Usufructo. Art 823 C.C
Gozar de una cosa con cargo de conservar su forma y sustancia, y de restituirla a su dueño si no es fungible
Modos de constitución Art 825 C.C
Testamento
Donación
Ley
Prescripción
Duración del Usufructo Art 829 C.C
Tiempo determinado
Toda la vida del usufructuario
Relación con la propiedad Art 824 C.C
D. Nudo propietario
D. Del usufructuario
Intransmisibilidad del usufructo Art 832 C.C
Servidumbre activa. Art 879 C.C
Gravamen impuesto sobre un predio, en utilidad del otro predio de distinto dueño
Carácter inalienable. Art 884 C.C
Extensión a los medios . Art 885 C.C
Carácter inseparable. Art 883 C.C
Servidumbres activas y pasivas. Art 880 C.C
Carácter inalienable. Art 884 C.C
Clasificación según sus manifestaciones externas. Art 882 C.C
Continuas y Discontinuas . Art 881 C.C
Dominio o Propiedad. Art 669 C.C
Usar, gozar y disponer de sus bienes como se desee
Cuando no vulnere la ley o los derechos de los demás
La separación del goce, es Mera propiedad
Sobre las Aguas. Art 677 C.C
Se adquiere por: Art 673 C.C
Sucesión por causa de muerte. Art 1008 C.C
Prescripción. Art 2512 C.C
Tradición. Art 740 C.C
Accesión. Art 713 C.C
Ocupación. Art 685 C.C
Propiedad sobre cosas incorporales Art 670 C.C
V.g : Propiedad intelectual. Art 671 C.C
Derecho real por excelencia Art 58 C.P
Herencia. Art 1008 C.C
Sucesión testada e intestada. Art 1009 C.C
Asignaciones a título universal Art 1011 C.C
Momento y lugar de la apertura. Art 1012 C.C
Sucesión a Título Universal
En todos sus bienes, derechos u obligaciones transmisibles o en una de ellas
Es Ilíquida hasta la sucesión
Sucesión a Título Singular
Hay una o más especies o cuerpos ciertos
Elementos
Reales
Formales
Personales
Sucesor
Causante
Hipoteca. Art 2432. C.C
Hipoteca bajo condición o plazo. Art 2438 C.C
D. de prenda sobre inmuebles. Permanecen en poder del deudor
Indivisibilidad de la Hipoteca. Art 2433 C.C
Bienes susceptibles a ser Hipotecados . Art 2443 C.C
Obligatoriedad de registrar la Hipoteca. Art 2435 C.C
Hipotecas otorgadas en el exterior. Art 2436 C.C
Prenda o Contrato de empeño. Art 2409 C.C
Carácter accesorio. Art 2410 C.C
Perfeccionamiento. Art 2411 C.C
Entrega de bien mueble a Acreedor para la seguridad de su crédito
Prenda de Cosa Ajena. Art 2415 C.C
Constitución de prenda por un tercero. 2413 C.C
Cosa entregada = Prenda
Acreedor = Acreedor Prendario
O devolverla en igual calidad y del mismo género o pagar su valor en cosa fungible
Juan Camilo Girón Consuegra. Bienes DER4