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Obligaciones de los patrones
Registrarse e inscribir a sus trabajadores en el IMSS
Comunicar su altas y bajas
Modificaciones de su salario
Con un plazo no mayor a 5 días hábiles
Llevar registros
Nóminas
Listas de raya
Número de días trabajados
Salario percibido por sus trabajadores
Se deben conservar estos registros durante 5 años siguientes
Determinar las cuotas obrero patronales a su cargo y enterar su importe al instituto
Proporcionar al instituto los elementos necesarios para precisar la:
Naturaleza
Cuantía de las obligaciones
Existencia
Permitir las inspecciones y visitas domiciliarias que practique el instituto
Tratándose de patrones que se dediquen a la construcción
Deberán expedir y entregar a cada trabajador:
Constancia escrita del número de días trabajados y del salario percibido;
Semanal o quincenalmente conforme a los periodos de pago establecido.
Cumplir con las obligaciones en relación con:
El seguro de retiro
Cesantía en edad avanzada
Vejez
Tratándose de trabajadores eventuales de la ciudad o del campo:
Expedir y entregar constancia de los días laborados