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MEDIOS ALTERNATIVOS DE PROSECUCIÓN DEL PROCESO MEDIOS ALTERNATIVOS PENAL…
MEDIOS ALTERNATIVOS DE PROSECUCIÓN DEL PROCESO
Suspensión Condicional del Proceso
SUPUESTOS DE PROCEDENCIA
Su supuestos se basa en aquellos casos de delitos leves cuyas penas no excedan de 8 años en límite máximo (Art. 43 C.O.P.P)
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EFECTOS
Verificado el cumplimiento de las obligaciones impuestas se decretará el sobreseimiento de la causa.
DEFINICIÓN
Es un instrumento procesal que detiene el ejercicio de la acción penal a favor de un sujeto imputado por la comisión de un de un hecho ilícito, quien se somete durante un plazo, a una prueba en la cual deberá cumplir satisfactoriamente con ciertas y determinadas obligaciones
PROCEDIMIENTO
El procedimiento inicia con la solicitud del imputado quien solicita ante el Juez de Control o Juez de Juicio si es en el procedimiento abreviado la suspensión condicional del proceso
Esta solicitud deberá conformar una oferta de reparación del daño causado por el delito y el compromiso del imputado de someterse a las condiciones que determine el Tribunal acorde al artículo 45 del C.O.P.P
La oferta puede ir acorde a una conciliación con la victima o la reparación natural o simbólica del daño
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Procedimiento
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La solicitud de suspensión podrá realizarse en cualquier momento luego de admitida la acusación del Ministerio Público y hasta antes de acordarse la apertura del juicio oral o, en caso de procedimiento abreviado, una vez presentada la acusación y aperturado el debate oral
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Acuerdos Reparatorios
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EFECTOS
Extingue la acción penal respecto del imputado que hubiere intervenido en él, no se extiende a los demás.
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Cuando existan varios imputados o víctimas, el proceso continuará respecto de aquellos que no han concurrido al acuerdo.
DEFINICIÓN
Son convenios de carácter consensual, bilateral, de celeridad y economía procesal de esencia mercantil, en donde debe prevalecer el auto disposición del imputado a satisfacer en su totalidad los daños generados, como consecuencia a su conducta a la victima, existiendo una mínima intervención del Estado.
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Principio de Oportunidad
SUPUESTOS DE PROCEDENCIA
Cuando la participación del imputado se estime de menor relevancia, excepto cuando es realizadas por funcionarios públicos, en el desempeño de sus cargos. (Art. 38 C.O.P.P)
Delitos culposos donde el imputado sufre daños físico o moral que torne desproporcionada la aplicación de la pena. (Art. 38 C.O.P.P)
Hecho insignificante o poco frecuente, que no afecta gravemente el orden público, excepto cuando es realizadas por funcionarios públicos, en el desempeño de sus cargos. (Art. 38 C.O.P.P)
Cuando la pena o medida de seguridad que puede imponerse carece de importancia en consideración a laguna que tenga ya impuesta o que se le impondrá. (Art. 38 C.O.P.P)
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DEFINICIÓN
Facultad del fiscal de solicitar del juez de control la autorización para, en determinados supuestos, prescindir, total o parcialmente, del ejercicio de la Acción Penal o limitarla a alguna de las personas que intervinieron en el hecho.
PROCEDIMIENTO
La solicitud de este medio debe ser empleada por el Ministerio Público con la cual buscarán la autorización del Juez para omitir , sea parcial o total, de la acción penal o si bien limitar a ciertas personas involucradas en el hecho
Se debe escuchar a la víctima por parte del Tribunal antes de emitir un pronunciamiento en la admisión o negativa de la decisión
Si es admitido con lugar la solicitud pues se produce la extinción de la acción penal en razón de lo dispuesto en el artículo 39 del C.O.P.P
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