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ley 393 de servicios financieros
control de actividades financieras ilegales
ART 486
ninguna persona natural o juridica podra realizar masivamente y en fora habitual en el terrritorio nacional ,activiades de las entidades publicas noradas por la presente ley
las operaciones realizadas en contravencionn a lo dispuesto en la presente articulo seran nulas de pleno derecho
ART 487
toda persona natural o juridica nacional o extranejera que no cupla los requisitos y formalidades relativas a la organizacion y funcionaiento de entidades financieras previstas de la presente ley
ninguna persona natural o juridica podra utilizar en su razon social en idioma español u otro idioma, terinos que puedan inducir al publico a confundirla con entidades financieras
ART 488
ASFI de ser necesario podra disponer la clausura preventiva y definitiva de las ofocinas y locales de personas naturales o juridicas que hagan servicios no autorizados por el ente
ART489
el propietario o empresa que realice que realice las actividades sin la debida autorizacion esta obligado a presentar la debida documentacion y informacion que requiera la ASFI
ASFI podra requerir todos los antecedentes que juzgue necesario para informarse acerca de la situacion financiera , recursos, etc
remitira antecedentes a la instancia de investigacion de delitos financieros señalada en el ART 493
capitulo 2
de los delitos financieros
delitos financieros
ART 490
las entidades financeras informaran a la ASFI dentro de los 10 dias calendario posteriores al conocimiento de todo supuesto hecho delictivo cometido en la entidad financiera
ASFI emitira normativa para establecer criterios tecnicos y legales para la identificacion de estos casos y las sanciones administrativas
ART 491
ART 363 quarter
comete delito financiero la persona natural o juridica que por accion o oision incurra en alguna de las tipificaciones delictivas detalladas
a) intermediacion financiera sin autorizacion o licencia
b) uso indebido de influencias para otorgacion de credito
c) apropiacion indebida a fondos financieros
d) forjamiento de resultados financieros ilicitos
e) falsificacion de docuentacion contable
f) difusion de informacion financiera falsa
ART 492
1.- sera ejercido de oficio por el ministerio publico asignado a la ASFI en calidad de victima en representacion del estado , como regulador y supervisor de las activiades de intermediacion y servicios financieros complementarios
2.- los casos de delitos financieros deberan ser asignados a tribunales de sentencia conformados por jueces tecnicos especiualizados
3.- el ministerio publico de oficio con ayuda de laASFI dirigira la investigacion de un delito financieroy promovera el delito ante los organos jurisdiccionales
4.-ASFI ante conocimiento por cualquier medio de la coision de un presunto delito financiero ,como medida preventiva podra proceder en coordinacion con el fiscal el allanamiento , etc
5.- la docuentacion , informes , y opiniones de los organos e instituciones de regulacion y supervision son plena prueba
la ley de servicios financieros
se diseño y promulgo en cuplimiento de la seccion 3 sobre politica financiera art 330 de la nueva constitucion politicadel estado que asigna la tarea de regular al estado las activiades economicas
la nueva politica financiera
dirigir el funcionamiento del SF segun los planes y objetivos de desarrollo del pais
regular el SF con criterios de igualdad de oportunidades , solidaridad, etc
proteger el consuidor financiero buscando equilibrar en su relacion con las entidades financieras
brindar apoyo en el sector productivo y rural
preservar la estabilidad y solvencia del sistema financiero
ASFI
mision
regular , supervisar y controlar el sistema financiero velando por su estabilidad , solvencia y eficicencia y transparencia , precautelando el ahorro y su inversion que es de interes publico
vision
ser una institucion estrategica de regulacion , supervision y control de reconocido prestigio y credibilidad , comprometido con la transparencia
articulo 8
es competencia privativa indelegable de la ASFI ejecutar la regulacion y supervision financiera , con la finalidad de velar por el sano funcionamiento
art 17
son objetivos de la regulacion y supervision financiera , respecto de los servicios financiero de manera indicativa y no limitada
proteger el ahorro
acceso universal
medios transaccionales financieros
controlar
investigar denuncias
mayor trasparencia de informacion
preservar estabalidad , solvencia y eficiencia
cual es la funcion del estado en el sistema financiero
dirigir y regular
consejo de establidad financiera
finanzas publicas
ASFI
participar directamente
banco union
BDP
que entidades componen el sistema financiero
banco union
banco de desarrollo productivo
entidades financieras publica de desarrollo
entidades privadas
banco de desarrollo privado
bancos multiple
bancos pymes
entidades financieras de vivienda
instittutos financieros de desarrollo